OTRO QUE SE VA A LA CASA: AGUSTÍN ROSA TORINO FUE BENEFICIADO CON DOMICILIARIA

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El ex cura Agustín Rosa Torino, condenado a 12 años de prisión por abusos sexuales cometidos entre 2009 y 2012, entre ellos una exmonja y dos exseminaristas  en un instituto que luego fue intervenido por el Vaticano, fue beneficiado con la prisión domiciliaria debido a su grave estado de salud. La decisión fue tomada por la Sala I del Tribunal de Impugnación de Salta tras evaluar informes médicos que alertan sobre el riesgo cardiovascular del condenado

Evidentemente la Justicia tanto en el fuero Federal como en el Penal, se muestra bastante “expeditiva” en los últimos dias. Matías Huergo y su banda zafaron y obtuvieron su sobreseimiento por extinción de la acción penal; a Rosa Torino, condenado por abusos sexuales, lo terminó beneficiando su obesidad mórbida, lo que fue minando su salud al punto que terminaron por darle la prisión domiciliaria.

Puntualmente los informes médicos alertaban sobre el grave riesgo cardiovascular que enfrenta el cura condenado a 12 años de prisión; además de su avanzada edad, lo que lo convierte en un paciente de alto riesgo.

Rosa Torino por los pasillos de tribunales

Las condenas le cayeron tras comprobarse los abusos sexuales cometidos entre 2009 y 2012 en perjuicio de una exmonja y dos exseminaristas, lo que lo llevó a cumplir pena efectiva, pero debido a su delicado estado de salud sus abogados lograron que un informe elaborado por los doctores Benjamín Ruiz de los Llanos y Jorge Borelli, donde se detalla que el ex sacerdote presenta múltiples enfermedades que requieren un control médico constante y un régimen de medicación diaria, condiciones difíciles de atender en un establecimiento penitenciario.

Esto va en consonancia con la vulneración de su derecho a la salud, el cual está protegido por el artículo 18 de la Constitución Nacional. Este argumento fue respaldado por el Tribunal de Impugnación, que en su fallo destacó la necesidad de aplicar el principio de humanidad en la ejecución de la pena para personas mayores de 70 años, tal como lo establece el Código Penal y la Ley 24.660.