{"id":9739,"date":"2025-09-11T15:59:27","date_gmt":"2025-09-11T18:59:27","guid":{"rendered":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=9739"},"modified":"2026-01-18T19:12:50","modified_gmt":"2026-01-18T22:12:50","slug":"red-nacrocriminal-en-la-uc1-la-unidad-fiscal-pidio-penas-entre-uno-y-doce-anos-de-prision","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=9739","title":{"rendered":"RED NACROCRIMINAL EN LA UC1: LA UNIDAD FISCAL PIDI\u00d3 PENAS ENTRE UNO Y DOCE A\u00d1OS DE PRISI\u00d3N"},"content":{"rendered":"<p><strong>La Unidad Fiscal continu\u00f3 esta ma\u00f1ana con sus alegatos en la causa contra veinte imputados miembros de una red narcocriminal que operaba en la Unidad Carcelaria 1. Esa Unidad Fiscal es encabezada por el Procurador General Pedro Garc\u00eda Castiella y compuesta por los fiscales Ana In\u00e9s Salinas Odorisio, Gustavo Torres Rubelt y Santiago L\u00f3pez Soto.<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>El procurador Garc\u00eda Castiella realiz\u00f3 su exposici\u00f3n y destac\u00f3 el derecho de las personas que se encuentran alojadas en el Servicio Penitenciario. Explic\u00f3 que &#8220;las personas privadas de la libertad no son expulsados de la condici\u00f3n humana. Cuando atraviesan la puerta del penal no dejan su condici\u00f3n de seres humanos&#8221;.<\/p>\n<p>A su turno, y en representaci\u00f3n de la unidad fiscal, Salinas Odorisio solicit\u00f3 para los acusados las siguientes penas:<\/p>\n<p>&#8211; S.F.M.: once a\u00f1os y ocho meses de prisi\u00f3n y multa por resultar coautor del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas realizadas en un lugar de detenci\u00f3n y cometida por funcionario encargado de la guarda de presos; autor de exacciones ilegales agravadas (tres hechos) y como miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita, todo ello en concurso real.<\/p>\n<p>&#8211; F.A.B.: doce a\u00f1os de prisi\u00f3n y multa, por considerarlo autor de los delitos de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas realizadas en lugar de detenci\u00f3n y cometidas por funcionarios encargados de la guarda de presos; autor de exacciones ilegales agravadas (siete hechos) y por ser miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita.<\/p>\n<p>&#8211; L.R.C.: ocho a\u00f1os y seis meses de prisi\u00f3n y multa por considerarlo autor del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravadas por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas realizadas en lugar de detenci\u00f3n y ser funcionario encargado de la guarda de presos y como miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita en concurso real.<\/p>\n<p>&#8211; M.M.V.G.: nueve a\u00f1os de prisi\u00f3n y multa entendiendo que se ha probado que fue coautor del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravadas por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas realizadas en lugar de detenci\u00f3n y cometida por funcionario encargado de la guarda de presos, autor de exacciones ilegales agravadas (tres hechos) y miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita, todo ello en concurso real.<\/p>\n<p>&#8211; R.A.A.: ocho a\u00f1os y seis meses de prisi\u00f3n y multa por considerarlo coautor del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravadas por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas realizadas en lugar de detenci\u00f3n y cometida por funcionario p\u00fablico, exacciones ilegales agravadas (un hecho) y por ser miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita, todo ello en concurso real.<\/p>\n<p>&#8211; M.O.M.: seis a\u00f1os de prisi\u00f3n por considerarlo autor material de cinco hechos de exacciones ilegales agravadas y miembro tambi\u00e9n de la asociaci\u00f3n il\u00edcita, todo ello en concurso real.<\/p>\n<p>&#8211; R.A.G: cinco a\u00f1os de prisi\u00f3n, entendiendo que resulta autor penalmente responsable de un hecho de exacci\u00f3n ilegal agravada; del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario p\u00fablico y miembro tambi\u00e9n de la asociaci\u00f3n il\u00edcita, todo ello en concurso real.<\/p>\n<p>&#8211; B.D.C.: dos a\u00f1os de prisi\u00f3n condicional y cumplimiento de reglas de conducta por considerarlo autor del delito de exacciones ilegales agravadas y en su car\u00e1cter de part\u00edcipe necesario.<\/p>\n<p>&#8211; M.M.: nueve a\u00f1os y seis meses de prisi\u00f3n y multa, entendiendo que debe analizarse las condiciones de reincidencia del mismo y teniendo conocimiento que el mismo posee antecedentes condenatorios. Esto por ser coautor del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas y realizada en un lugar de detenci\u00f3n y tambi\u00e9n como miembro de asociaci\u00f3n il\u00edcita, todo ello en concurso real.<\/p>\n<p>&#8211; M.I.M.: nueve a\u00f1os de prisi\u00f3n por ser coautora del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas y realizada en lugar de detenci\u00f3n y miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita, todo ello en concurso real.<\/p>\n<p>&#8211; H.G.B.: nueve a\u00f1os y seis meses y multa por su participaci\u00f3n como autor del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas y realizada en lugar de detenci\u00f3n y tambi\u00e9n miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita. Adem\u00e1s solicit\u00f3 al tribunal se analice si corresponde reincidencia ante los antecedentes que el mismo registra.<\/p>\n<p>&#8211; I.M.G.: siete a\u00f1os de prisi\u00f3n y multa considerar que la misma ha sido autora del delito de comercializaci\u00f3n agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas y por realizarse en lugar de detenci\u00f3n y miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita en concurso real.<\/p>\n<p>&#8211; M.C.G.: siete a\u00f1os y seis meses y pago de la multa por ser coautora del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas y realizada en el lugar de detenci\u00f3n. En su caso tambi\u00e9n solicit\u00f3 se revise una posible declaraci\u00f3n de reincidencia ante los antecedentes que registra.<\/p>\n<p>&#8211; N.J.A.L.: seis a\u00f1os de prisi\u00f3n por considerarla autora del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes en su car\u00e1cter de part\u00edcipe necesaria, figura agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas y realizada en un lugar de detenci\u00f3n y tambi\u00e9n como miembro de asociaci\u00f3n il\u00edcita.<\/p>\n<p>&#8211; P.D.R.F.: seis a\u00f1os de prisi\u00f3n y multa en su car\u00e1cter de part\u00edcipe necesario del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravadas por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas y realizada en lugar de detenci\u00f3n, y tambi\u00e9n por ser miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita.<\/p>\n<p>&#8211; A.A.A.: un a\u00f1o de prisi\u00f3n y multa por ser autora penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes, y solicit\u00f3 su absoluci\u00f3n por retiro de la acusaci\u00f3n penal por aplicaci\u00f3n en su favor del beneficio de la duda del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas y realizada en lugar de detenci\u00f3n y tambi\u00e9n como miembro penalmente responsable del delito de asociaci\u00f3n il\u00edcita.<\/p>\n<p>&#8211; J.L.A.: nueve a\u00f1os de prisi\u00f3n y multa por entender que es autor del delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes agravada por la participaci\u00f3n de m\u00e1s de tres personas realizada en lugar de detenci\u00f3n y cometida por funcionarios en cargo de la guarda de presos y autor materialmente responsable del delito de exacciones ilegales agravadas (tres hechos) y como miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita.<\/p>\n<p>La unidad fiscal solicit\u00f3 que los imputados sean trasladados a los lugares de detenci\u00f3n en donde vienen cumpliendo la prisi\u00f3n preventiva y se mantenga la misma en tal car\u00e1cter hasta que la sentencia quede firme para asegurar el cumplimiento de la pena. En este sentido, solicitaron que se revoque la prisi\u00f3n domiciliaria que oportunamente se hab\u00eda dispuesto respecto de dos imputadas, atento al monto de la pena que se ha solicitado.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n solicitaron que se ordenen formar actuaciones correspondientes y remitir a la fiscal\u00eda que corresponda para la investigaci\u00f3n de los hechos que surgieron en la audiencia y que no fueron motivo de la acusaci\u00f3n, o aquellos cuya remisi\u00f3n ya orden\u00f3 el tribunal durante el transcurso del debate.<\/p>\n<p>Con respecto a J.J.V. la unidad fiscal solicit\u00f3 que se dicte la absoluci\u00f3n por retiro de la acusaci\u00f3n por el delito de comercializaci\u00f3n agravada por el que hab\u00eda sido acusado. En ese mismo sentido, respecto de la imputada S.A., tambi\u00e9n se retir\u00f3 la acusaci\u00f3n por el delito de comercializaci\u00f3n de estupefacientes y como miembro de la asociaci\u00f3n il\u00edcita solicitando y solicitaron su absoluci\u00f3n por aplicaci\u00f3n en su favor del principio de la duda.<\/p>\n<p>Con respecto a ambos acusados solicit\u00f3 que se ordene la inmediata libertad de ambos, por lo que el Tribunal orden\u00f3 su libertad desde hoy, y les hizo saber que deben concurrir a todas las audiencias que contin\u00faen hasta el dictado de la sentencia.<\/p>\n<p>Al finalizar esta parte de los alegatos de la acusaci\u00f3n, la fiscal Salinas Odorisio agreg\u00f3 que \u201cEntendiendo que con ello hemos concluido con el petitorio finalmente en nombre de la ley, en nombre de los derechos humanos, en nombre de la sociedad, en nombre de los internos y de sus familias pedimos a este tribunal que haga lugar a las condenas que hemos solicitado en todos sus t\u00e9rminos porque donde hubo corrupci\u00f3n y donde hubo impunidad debe haber justicia.\u201d<\/p>\n<p>Luego continu\u00f3 la recepci\u00f3n de los alegatos con la exposici\u00f3n de la defensa de uno de los acusados que se desempe\u00f1aba como funcionario del Servicio Penitenciario.<\/p>\n<p>Inicialmente el veredicto en esta causa se conocer\u00eda el martes 23. El tribunal juzgador es integrado por los jueces Federico Diez (presidente), Paola Marocco y Javier Aranibar (interino), vocales de la Sala VII del Tribunal de Juicio.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Unidad Fiscal continu\u00f3 esta ma\u00f1ana con sus alegatos en la causa contra veinte imputados miembros de una red narcocriminal que operaba en la Unidad Carcelaria 1. 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