{"id":801,"date":"2024-01-29T17:46:55","date_gmt":"2024-01-29T20:46:55","guid":{"rendered":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=801"},"modified":"2026-01-18T19:25:49","modified_gmt":"2026-01-18T22:25:49","slug":"hubo-un-gran-lobby-de-las-empresas-tabacaleras-muchas-veces-apoyado-por-la-dirigencia-del-sector-tabacalero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=801","title":{"rendered":"\u201cHUBO UN GRAN LOBBY DE LAS EMPRESAS TABACALERAS MUCHAS VECES APOYADO POR LA DIRIGENCIA DEL SECTOR TABACALERO\u201d"},"content":{"rendered":"<p><strong>Lo dijo el diputado nacional Carlos Zapata en dialogo con el periodista Jorge Fontevecchia por la se\u00f1al NET TV. Adem\u00e1s el legislador dijo que \u201cdesde hace 20 a\u00f1os la provincia de Salta viene retrocediendo al tabaco y el ingreso del productor ha tenido una gran afectaci\u00f3n a partir de una reforma en la ley de impuestos internos a los cigarrillos del a\u00f1o 2017\u201d.<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p><strong>Fontevecchia \u2013Creo que el tabaco es uno de los elementos productivos m\u00e1s importantes de su provincia\u2026<\/strong><\/p>\n<p>Zapata \u2013La econom\u00eda tabacalera de la provincia de Salta ha ido retrocediendo en importancia desde hace 20 a\u00f1os para ac\u00e1, antes era el segundo ingreso en econom\u00eda de la provincia luego de los hidrocarburos; y bueno, fue creciendo el tema del cereal, la oleaginosa y estamos en tercer lugar.<\/p>\n<p><strong>\u2013O sea, fue segundo y pas\u00f3 a tercero. <\/strong><\/p>\n<p>A tercero y porque llegamos a estar casi cuartos con el tema de la industria azucarera pero la industria azucarera tampoco tuvo un gran crecimiento por todo este tipo de regulaciones del bioestanol y dem\u00e1s que podr\u00eda haber sido una mec\u00e1nica de crecimiento. \u00bfCu\u00e1l es la particularidad que tiene el sector tabacalero? Es un gran empleador de mano de obra.<\/p>\n<p>Si usted conoce la provincia de Salta, hay una zona productiva, la m\u00e1s importante es el Valle del Lerma, con el r\u00edo Rosario, o sea, con el sector oeste. Y todos los asentamientos urbanos que hay o poblaciones. Es decir Rosario del Lerma, Cerrillos est\u00e1 un poco m\u00e1s alejado de esto, pero Chicoana, La Merced, el Carril, hasta Molde y La Vi\u00f1a, es la zona tabacalera y el motor.<\/p>\n<p>El movimiento de la econom\u00eda de estos centros urbanos es el tabaco. Desde hace 20 a\u00f1os la provincia de Salta viene retrocediendo al tabaco y el ingreso del productor ha tenido una gran afectaci\u00f3n a partir de una reforma en la ley de impuestos internos a los cigarrillos del a\u00f1o 2017.<\/p>\n<p><iframe loading=\"lazy\" style=\"border: none; overflow: hidden;\" src=\"https:\/\/www.facebook.com\/plugins\/video.php?height=311&amp;href=https%3A%2F%2Fwww.facebook.com%2Fcarloszapataok%2Fvideos%2F1598068980728663%2F&amp;show_text=false&amp;width=560&amp;t=0\" width=\"560\" height=\"311\" frameborder=\"0\" scrolling=\"no\" allowfullscreen=\"allowfullscreen\"><\/iframe><\/p>\n<p><strong>\u2013\u00bfDel gobierno de Macri? <\/strong><\/p>\n<p>\u2013Exactamente. Hasta ese momento, se determina de la siguiente manera, la tasa del impuesto a los cigarrillos era el 75% y exist\u00eda un l\u00edmite inferior a la tributaci\u00f3n que no pod\u00eda ser menor a lo que tributaba la categor\u00eda m\u00e1s vendida o el paquete m\u00e1s vendido, que en aquel momento era el Marlboro.<\/p>\n<p>A partir de ah\u00ed se ejecut\u00f3 una modificaci\u00f3n que baj\u00f3 la tasa al 70% y se compens\u00f3 por el establecimiento de un m\u00ednimo, pero en peso, no estaba relacionado con el valor del cigarrillo ni con el derecho imponible de este cap\u00edtulo de impuestos internos, o sea que era una suma fija. Esta suma fija fue elevada, fue fijada en un monto elevado, que para algunas empresas le resultaba excesivo.<\/p>\n<p>Hicieron planteos, todos en sus derechos de recurrir judicialmente, si se sienten afectados en alg\u00fan derecho por alguna discusi\u00f3n del Estado, los planteos partieron por la inconstitucionalidad, con la interposici\u00f3n o solicitud de medidas cautelares.<\/p>\n<p>Tuvieron distinta suerte todas estas acciones judiciales, algunas le concedieron un pago a la ley, otras le dieron el amparo, la medida cautelar; que se cay\u00f3 despu\u00e9s, otras siguieron y al d\u00eda de hoy hay una causa que tiene fallo en primera y en segunda instancia, confirmando la inconstitucionalidad. La raz\u00f3n de esto es el principio tributario de la proporcionalidad que est\u00e1 en el art\u00edculo cuarto de la Constituci\u00f3n.<\/p>\n<p>En la misma situaci\u00f3n ante el mismo hecho imponible o la misma situaci\u00f3n econ\u00f3mica, que es el expendio de cigarrillos. A determinados contribuyentes pagan el precio de expendio multiplicado por la tasa.<\/p>\n<p><strong>\u2013Carlos, a ver, perd\u00f3neme que lo interrumpa. <\/strong><\/p>\n<p>\u2013Pagan una cantidad fija que es cinco veces lo que resultar\u00eda de esa operaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u2013Usted es contador y obviamente tiene un dominio del tema que toda la audiencia, que adem\u00e1s no conoce el tema en particular, necesita ser un poquito simplificado. Usted corr\u00edjame si yo lo estoy interpretando bien. Al colocar un monto fijo, tributa igual un producto caro que un producto m\u00e1s barato, haciendo que el impuesto del producto m\u00e1s barato sea proporcionalmente mayor, debilitando la competencia y haciendo que aquellas marcas m\u00e1s caras tengan una posici\u00f3n dominante sobre las menos caras y si no entiendo mal, coinciden las m\u00e1s caras con las empresas internacionales y las menos caras con las empresas nacionales. Finalmente lo que tenemos es una discusi\u00f3n entre empresas nacionales, empresas internacionales y el tributo fijo es un problema para las empresas nacionales. \u00bfLo estoy entendiendo bien?<\/strong><\/p>\n<p>\u2013Usted lo entendi\u00f3 bien y se lo digo en otras palabras para ratificar. La existencia de un importe m\u00ednimo, cuando usted tiene un valor o una base tributaria de acuerdo a la ley baja y representa que el m\u00ednimo es diez veces el impuesto que le correspond\u00eda pagar por la aplicaci\u00f3n de la al\u00edcuota, es lo que exterioriza la falta de proporcionalidad en la exigencia de tributos por parte del Estado ante dos sujetos. Uno que va a pagar el 75% del valor de expendio y otro que va a pagar el 500%.<\/p>\n<p><strong>\u2013Ahora, \u00bfpor qu\u00e9 se aprob\u00f3 esa ley en el gobierno de Macri? <\/strong><\/p>\n<p>\u2013Mire, yo entiendo que <strong>hubo un gran lobby de las empresas tabacaleras muchas veces apoyado por la dirigencia del sector tabacalero<\/strong>, guiado por el espejismo de que pod\u00eda aumentar la recaudaci\u00f3n, la importancia del impuesto interno, que resulta base de c\u00e1lculo para el Fondo Especial del Tabaco. Ac\u00e1 entramos en un cap\u00edtulo que quiero aclar\u00e1rselo.<\/p>\n<p>El Fondo Especial del Tabaco, que es la ley 19.800, que en su mismo texto, que aqu\u00ed est\u00e1 complementada por la ley 25.465, dice que el Fondo Especial del Tabaco forma parte del ingreso del productor y constituye precios porque para poder recibir estas cifras que se determinan por precio, por peso y por calidad comercializada por el productor tiene que haber una contraprestaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Bien, el Fondo Especial del Tabaco que va destinado a la producci\u00f3n, se calcula en un 7% de la suma del valor que recibe la f\u00e1brica m\u00e1s los impuestos internos. De ah\u00ed la importancia que tiene el monto de la tributaci\u00f3n en los impuestos internos para el ingreso del productor tabacalero. Si la tributaci\u00f3n es razonable, tiene buen ingreso el productor.<\/p>\n<p><strong>\u2013Pero como contador usted sabe, el famoso PxQ. Si usted pone un precio m\u00e1s alto se va a vender menos. Es como la curva de Laffer. Al final, recauda menos porque se vende menos. Mientras que un precio m\u00e1s bajo se vender\u00eda m\u00e1s. Y aunque tribute un poquito menos, podr\u00eda recaudar m\u00e1s. <\/strong><\/p>\n<p>\u2013El tema pasa tambi\u00e9n que el contexto no es s\u00f3lo el an\u00e1lisis, sino tambi\u00e9n los compromisos internacionales que firmaba la Rep\u00fablica Argentina en materia de control del tabaquismo. Se puede deducir en tres medidas: Cero publicidad de tabaco; segundo, campa\u00f1a de concientizaci\u00f3n de los perjuicios que produce el consumo del tabaco. Eso se llama un consumo informado.<\/p>\n<p>Uno est\u00e1 en total libertad de hacer de su vida lo que le parezca pero debe estar informado si le hace mal o le hace bien. Y es lo que nosotros vemos materializado, lo que aparece en los paquetes de cigarrillos, esa figura de algunas situaciones bastante feas que se le asocia al tabaco; y la tercera, establecer tributaci\u00f3n elevada para que los precios no sean bajos como medida de desaliento de consumo. Eso b\u00e1sicamente es lo que avala una posici\u00f3n de cumplimiento en compromiso internacional para tener una elevada tributaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>\u2013Si no entiendo mal, Carlos, perd\u00f3neme que lo vuelva a interrumpir, en la nueva Ley \u00d3mnibus se plantea la incorporaci\u00f3n, y no s\u00e9 si con un tributo menor, de otra forma de consumo de tabaco: los vaporizadores o no s\u00e9 c\u00f3mo es que se llama. S\u00ed, los vaporizadores. <\/strong><\/p>\n<p>\u2013En realidad lo que hace al ingreso y a la recaudaci\u00f3n son, digamos, todav\u00eda no est\u00e1n tan generalizados como para que sea algo significativo y determinante el resultado final. Los n\u00fameros, para que vea la resoluci\u00f3n ante una situaci\u00f3n o una legislaci\u00f3n consolidada y aceptada por todos los actores del sector tabacalero, que era la vigente al 2017, pasando a la actual tomando las cifras de noviembre del 2023 vimos que hay una ca\u00edda de venta de paquetes de cigarrillos del 5% pero la ca\u00edda en la recaudaci\u00f3n del impuesto interno sobre el tabaco fue del 54%. \u00bfY a qu\u00e9 se debe esa ca\u00edda? A que el m\u00ednimo result\u00f3 ser discutido, medidas cautelares y a la postre hay un fallo de inconstitucionalidad. Entonces, esa ley fue una ley mala que perjudic\u00f3.<\/p>\n<p>La recaudaci\u00f3n del Estado Nacional perjudic\u00f3 la masa coparticipable porque el impuesto interno se coparticipa entre las provincias y, por supuesto perjudic\u00f3 el ingreso del productor que es el Fondo Especial del Tabaco. Mi planteo dentro del bloque era tratar de buscar reestablecer las condiciones del a\u00f1o 2017.<\/p>\n<p><strong>\u2013Antes de Macri\u2026 <\/strong><\/p>\n<p>\u2013Exactamente. La ley \u00f3mnibus que propone el gobierno, \u00bfqu\u00e9 es lo que propone? La ley \u00f3mnibus propone una tasa del 73%.<\/p>\n<p><strong>\u2013\u00bfEmpeora la situaci\u00f3n que usted es cr\u00edtico de esa disposici\u00f3n de Macri en el 2017? \u00bfLa corrige y mejora la situaci\u00f3n? \u00bfVa en el buen camino o en el mal camino? Desde su perspectiva. <\/strong><\/p>\n<p>\u2013Tiene algunas cosas que puedo decir. Son rescatables, pero resultan total y absolutamente insuficientes. Nosotros tenemos que apuntar al d\u00e9ficit cero. Quienes estamos y militamos el oficialismo nos hacemos eco de la palabra del presidente, tenemos que apuntar al d\u00e9ficit cero.<\/p>\n<p>En el d\u00e9ficit cero usted lo logra de dos formas: Reduciendo las erogaciones, la inversi\u00f3n, aumentando los ingresos. Si usted tiene la posibilidad de corregir la tasa de impuestos internos. Entre un 73% o un 75% va a tener, si mal no recuerdo los c\u00e1lculos que hago, si se mantendr\u00eda sin variaci\u00f3n de consumo al 73% podr\u00eda mejorar alrededor del 15% la recaudaci\u00f3n. Y en el caso del 75, 25 puntos.<\/p>\n<p>No s\u00e9 si usted fum\u00f3, yo fui fumador 40 a\u00f1os, cuando me sub\u00eda el precio, dec\u00eda: \u201cno le voy a dar la raz\u00f3n a estas f\u00e1bricas de tal por cual\u201d. Y pasaba a un cigarrillo similar y un precio menor, pero no aguantaba dos semanas y le tomaba la marca a la cual estaba vinculada mi preferencia. Bueno, eso sucede con el consumo de tabaco.<\/p>\n<p>La elasticidad de la demanda indica que aumentando el precio alguna reducci\u00f3n va a haber. Pero nunca esa reducci\u00f3n va a ser inexistente la mejora buscada. Yo tambi\u00e9n propon\u00eda y realmente hubo poco tiempo para que fuese recetado e incorporado, la creaci\u00f3n de un tributo, eliminando los aspectos que hac\u00edan inconstitucional el impuesto m\u00ednimo de internos, crear un tributo denominado <em>tasa retributiva del servicio de salud sobre los productos elaborados con tabaco<\/em>; estableciendo esa tasa, recordemos, tasa es una especie de los tributos y corresponde a la contraprestaci\u00f3n pecuniaria que deben los distintos ciudadanos al estar ante la capacidad potencial de recibir el servicio por el Estado.<\/p>\n<p>La constituci\u00f3n como requisito establece que debe haber servicios para poder cobrar tasas, la doctrina ampli\u00f3 y la jurisprudencia, a que el precio que se cobra en concepto de tasa tiene que tener una relaci\u00f3n, no debe ser exacto, debe tener una relaci\u00f3n con el costo de prestaci\u00f3n de servicio.<\/p>\n<p>En la definici\u00f3n de tasa de que est\u00e1, digamos, citando a Giuliani y Von Rutsch, en la definici\u00f3n del C\u00f3digo Tributario de OEA-B, habla de que la tasa no es necesario que haya un uso directo del servicio, sino solo el hecho de tener la capacidad potencial de recibirlo. Entonces el concepto de inconstitucionalidad desaparece y con el impuesto m\u00ednimo levantamos la recaudaci\u00f3n. Mi objetivo era recomponer el 70% en lo perdido para contribuir al d\u00e9ficit cero, mejorar la coparticipaci\u00f3n de la provincia para morigerar los efectos del impuesto a las ganancias y mejorar el ingreso del productor.<\/p>\n<p>No pude lograrlo, pero bueno, ser\u00e1 un proyecto que debe presentar para consideraci\u00f3n porque hace tambi\u00e9n al cumplimiento de los compromisos internacionales que tiene la Rep\u00fablica Argentina.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Lo dijo el diputado nacional Carlos Zapata en dialogo con el periodista Jorge Fontevecchia por la se\u00f1al NET TV. 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