{"id":6096,"date":"2025-04-16T16:47:32","date_gmt":"2025-04-16T19:47:32","guid":{"rendered":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=6096"},"modified":"2026-01-18T19:18:04","modified_gmt":"2026-01-18T22:18:04","slug":"homicidio-de-lucas-gonzalez-confirmaron-la-condena-a-prision-perpetua-para-los-tres-policias-que-le-dispararon","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=6096","title":{"rendered":"HOMICIDIO DE LUCAS GONZ\u00c1LEZ: CONFIRMARON LA CONDENA A PRISI\u00d3N PERPETUA PARA LOS TRES POLIC\u00cdAS QUE LE DISPARARON"},"content":{"rendered":"<p><strong>As\u00ed lo determin\u00f3 la Sala 3 de la C\u00e1mara Nacional de Casaci\u00f3n Penal, que ratific\u00f3 que el oficial Juan Jos\u00e9 Nieva, el oficial mayor Fabi\u00e1n Andr\u00e9s L\u00f3pez y el inspector Gabriel Alejandro Isassi cometieron el homicidio con alevos\u00eda, por odio racial, abusando de su funci\u00f3n como integrantes de una fuerza de seguridad, por el concurso premeditado de dos o m\u00e1s personas y por haber sido cometido con un arma de fuego. Adem\u00e1s, la C\u00e1mara confirm\u00f3 las condenas de otros cuatro efectivos por encubrimiento y dict\u00f3 la absoluci\u00f3n de otros dos.<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>La Sala 3 de la C\u00e1mara Nacional de Casaci\u00f3n Penal confirm\u00f3 la condena a la pena de prisi\u00f3n perpetua para tres integrantes de la Brigada 6 de la Divisi\u00f3n Brigadas y Sumarios de la Comuna 4 de la Polic\u00eda de la Ciudad por el homicidio de Lucas Gonz\u00e1lez, ocurrido en noviembre de 2021 en el barrio porte\u00f1o de Barracas. Adem\u00e1s, ratific\u00f3 la condena de otros cuatro polic\u00edas por encubrir las acciones de los agentes que dispararon contra el futbolista juvenil de Barracas Central y sus tres amigos. En el juicio, intervino la Fiscal\u00eda N\u00b0 18 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional, a cargo del fiscal Guillermo P\u00e9rez de la Fuente.<\/p>\n<p>La ma\u00f1ana del 17 de noviembre de 2021, el inspector Gabriel Alejandro Issasi, el oficial mayor Fabi\u00e1n Andr\u00e9s L\u00f3pez y el oficial Juan Jos\u00e9 Nieva circulaban en un autom\u00f3vil Nissan Tiida sin identificaci\u00f3n policial ni patente e interceptaron a Lucas y a Juli\u00e1n Alejandro Salas, Niven Huanca Garnica y Joaqu\u00edn Z\u00fa\u00f1iga G\u00f3mez que iban en otro veh\u00edculo y que reci\u00e9n hab\u00edan salido del club Barracas Central.<\/p>\n<p>En ese momento, los efectivos se bajaron y les apuntaron, ante lo cual las v\u00edctimas intentaron esquivar la situaci\u00f3n al creer que se trataba de un asalto. Los tres integrantes de la brigada dispararon contra el auto: uno de los proyectiles impact\u00f3 en la cabeza de Lucas, que debido a las heridas falleci\u00f3 al d\u00eda siguiente en el hospital \u201cEl Cruce\u201d de la localidad bonaerense de Florencio Varela.<\/p>\n<p>Tras los disparos, se mont\u00f3 en la zona un operativo que dur\u00f3 hasta entrada la noche y que culmin\u00f3 con la detenci\u00f3n de los amigos que acompa\u00f1aban a Gonz\u00e1lez. En ese marco, y a pesar de que durante la primera modulaci\u00f3n que se hizo a las autoridades judiciales se sostuvo que no se observaba un arma dentro del auto de las v\u00edctimas, luego se hall\u00f3 all\u00ed una pistola de utiler\u00eda.<\/p>\n<p><iframe loading=\"lazy\" title=\"Secuencia audiovisual de la persecuci\u00f3n a Lucas Gonz\u00e1lez y sus amigos\" width=\"696\" height=\"392\" src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/VWebRV2FSTY?feature=oembed\" frameborder=\"0\" allow=\"accelerometer; autoplay; clipboard-write; encrypted-media; gyroscope; picture-in-picture; web-share\" referrerpolicy=\"strict-origin-when-cross-origin\" allowfullscreen><\/iframe><\/p>\n<p><strong>El juicio<\/strong><\/p>\n<p>En julio de 2023 y despu\u00e9s de cuatro meses de debate, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional (TOC) N\u00ba25 consider\u00f3 a Isassi, Nieva y L\u00f3pez como coautores de \u201chomicidio qu\u00edntuplemente agravado por haber sido cometido con arma de fuego, por alevos\u00eda, por odio racial, por el concurso premeditado de dos o m\u00e1s personas y por haber abusado de su funci\u00f3n por ser integrante de fuerza de seguridad\u201d.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, consideraron que eran responsables por la tentativa de homicidio (con las mismas agravantes) cometida contra los tres amigos de Lucas; por la \u201cprivaci\u00f3n ileg\u00edtima de la libertad agravada por haberse dado con abuso de funciones o sin formalidades prescritas por ley\u201d y por el delito de \u201cfalsedad ideol\u00f3gica\u201d.<\/p>\n<p>Por otra parte, al comisario Rodolfo Alejandro Oz\u00e1n -a cargo de la Comisar\u00eda Vecinal 4A-; los comisarios Fabi\u00e1n Alberto Du Santos y Juan Romero; y el subcomisario Roberto Inca, el tribunal los hall\u00f3 responsables del delito de \u201cencubrimiento\u201d por haber ayudado a Isassi \u201ca alterar pruebas de un delito agravado por tratarse el hecho precedente un delito especialmente grave y por ser el autor un funcionario p\u00fablico realizado en el ejercicio de sus funciones\u201d y por la \u201cprivaci\u00f3n ileg\u00edtima de la libertad agravada por abuso de sus funciones o sin formalidades prescritas por ley\u201d. Por ello, les fij\u00f3 una pena de 6 a\u00f1os de prisi\u00f3n y una inhabilitaci\u00f3n de 10 a\u00f1os para ocupar cargos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Con respecto al oficial Sebasti\u00e1n Baid\u00f3n, se lo conden\u00f3 a 8 a\u00f1os de prisi\u00f3n por torturas. A H\u00e9ctor Cuevas -integrante de la comisar\u00eda Vecinal 4D- se lo se\u00f1al\u00f3 tambi\u00e9n como responsable del encubrimiento y de la privaci\u00f3n ilegal de la libertad y se lo conden\u00f3 a 4 a\u00f1os de prisi\u00f3n como hab\u00eda requerido la fiscal\u00eda en su alegato. Cuevas fue quien revel\u00f3 en el juicio lo sucedido la ma\u00f1ana del 17 de noviembre y asegur\u00f3 haber visto c\u00f3mo algunos de sus compa\u00f1eros polic\u00edas hab\u00edan \u201cplantado\u201d el arma de juguete dentro del auto en el que iban las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>Contra la sentencia, las defensas recurrieron a la Casaci\u00f3n. En una audiencia celebrada en febrero de este a\u00f1o, ratificaron sus pedidos de absoluci\u00f3n. La postura del MPF fue sostenida por la Unidad Fiscal de Asistencia ante la C\u00e1mara Nacional de Casaci\u00f3n en lo Criminal y Correccional, cuya titular es Mar\u00eda Luisa Piqu\u00e9 y en representaci\u00f3n de la querella estuvo Gregorio Dalb\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>La decisi\u00f3n de Casaci\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p>Los jueces Gustavo Bruzzone, Pablo Jantus y Alberto Huarte Petite rechazaron en forma parcial los recursos interpuestos por las defensas y confirmaron las condenas de Isassi, Nieva, L\u00f3pez, Oz\u00e1n, Du Santos, Cuevas e Inca, dispuestas por el TOC N\u00b025.<\/p>\n<p>Al respecto, repasaron la secuencia -reconstruida a trav\u00e9s de diversas c\u00e1maras de seguridad de la zona- donde se observa c\u00f3mo los integrantes de la brigada visualizaron el auto Volkswagen Sur\u00e1n donde circulaban las v\u00edctimas cuando estaba detenido en un kiosco. Las defensas sostuvieron que comenzaron a perseguir a los adolescentes porque los hab\u00edan visto salir o de una casa \u201cdonde se hac\u00edan tareas de investigaci\u00f3n\u201d o de una cancha barrial. En los recursos, tambi\u00e9n sostuvieron que hab\u00edan realizado \u201cmaniobras evasivas del tr\u00e1nsito\u201d.<\/p>\n<p>En ese sentido, los camaristas recordaron la explicaci\u00f3n brindada por el tribunal. \u201cComo ya se mostr\u00f3 en las im\u00e1genes, cuando los integrantes de la brigada vieron por primera vez al veh\u00edculo conducido por Juli\u00e1n estos estaban aguardando atr\u00e1s de otros dos autos que el sem\u00e1foro habilitara el paso. Ergo es falso que pudieron advertir maniobra evasiva alguna y mucho menos que los vieron salir de la cancha \u2018Cacho\u2019\u201d, explican.<\/p>\n<p>La Sala 3 hizo foco en las filmaciones que se consiguieron en la causa y que fueron parte fundamental del fallo del tribunal, ya que mostraron tambi\u00e9n c\u00f3mo fue la persecuci\u00f3n y el momento en que los polic\u00edas interceptaron a las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>\u201cAsimismo, fue determinante para los sentenciantes el hecho de que, seg\u00fan se pudo reconstruir, los imputados en ning\u00fan momento dieron a conocer su condici\u00f3n de agentes policiales, ni cuando estaban dentro del autom\u00f3vil, ni tampoco luego de descender\u201d, afirmaron los magistrados de Casaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el tribunal oral hab\u00eda ponderado lo declarado por los j\u00f3venes, algo que fue resaltado nuevamente por los camaristas. \u201cConcretamente, se tuvo en cuenta que, conforme explicaron los menores, \u2018en ning\u00fan momento escucharon se\u00f1al sonora alguna ni vieron baliza alguna, por lo que siempre creyeron que se trataba de un intento de robo\u2019\u201d.<\/p>\n<p>\u201cConforme se sostiene en el fallo, se consider\u00f3 acreditado que inmediatamente despu\u00e9s de la interceptaci\u00f3n, los imputados procedieron directamente a efectuar disparos con sus armas de fuego. De acuerdo con los t\u00e9rminos empleados en la sentencia, se tuvo por probado que los imputados \u2018inmediatamente abrieron fuego\u2019 y que \u2018inmediatamente comenzaron a disparar\u2019\u201d, se remarc\u00f3.<\/p>\n<p>Los camaristas recordaron que en la sentencia se tuvo espec\u00edficamente por probado que los disparos estuvieron dirigidos hacia \u201czonas vitales\u201d de los cuerpos de las v\u00edctimas. \u201cEn especial, como demostrativo de esta circunstancia, se destac\u00f3 que uno de esos disparos, efectuado \u2018de frente\u2019, se introdujo en la \u2018zona frontal derecha\u2019 de la cabeza del damnificado Lucas Gonz\u00e1lez y, de ese modo, \u2018penetr\u00f3 en su cr\u00e1neo ocasion\u00e1ndole lesiones de gravedad tal que falleci\u00f3 al d\u00eda siguiente\u2019\u201d, especific\u00f3 Casaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cEn pocas palabras: a\u00fan si los damnificados se hubiesen encontrado en un lugar donde se comercializaban estupefacientes (cuesti\u00f3n que, vale insistir, fue descartada con acierto en la sentencia), y los imputados contasen con autorizaci\u00f3n para seguirlos en el marco de una investigaci\u00f3n, ello en modo alguno los autorizaba a interceptar el rodado de las v\u00edctimas, descender sin identificarse como polic\u00edas, y proceder inmediatamente a dispararles con sus armas de fuego\u201d, remarcaron.<\/p>\n<p>Entre los planteos, las defensas hab\u00edan esgrimido tanto en el juicio como en los recursos la posibilidad de que los polic\u00edas hubieran actuado amparados bajo la leg\u00edtima defensa. En ese sentido, sostuvieron que los disparos se dieron cuando los adolescentes se alejaron del lugar e impactaron con el auto a los agentes.<\/p>\n<p>\u201cSin embargo, en el fallo, con motivos suficientes, se concluy\u00f3 precisamente lo contrario: que los imputados, luego de interceptar a los damnificados, procedieron inmediatamente a disparar con sus armas de fuego, y esto motiv\u00f3 la decisi\u00f3n de las v\u00edctimas de intentar alejarse del sitio donde se encontraban\u201d, marc\u00f3 Casaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u201cEn otras palabras, como sucedi\u00f3 en el caso, en la medida en que las v\u00edctimas procuraron defenderse de la agresi\u00f3n ileg\u00edtima desplegada contra ellas por los aqu\u00ed imputados, toda actuaci\u00f3n de estos \u00faltimos a trav\u00e9s de la cual, pretendidamente, hubiesen querido defenderse leg\u00edtimamente contra la reacci\u00f3n de aquellos, no puede en modo alguno encontrar cobijo en el art\u00edculo 34, inciso 6 del C\u00f3digo Penal\u201d, consideraron los camaristas.<\/p>\n<p><strong>El encubrimiento<\/strong><\/p>\n<p>Casaci\u00f3n rechaz\u00f3 tambi\u00e9n los planteos que presentaron Inca, Oz\u00e1n, Du Santos y Cuevas. De acuerdo a la sentencia, los cuatro formaron parte del operativo montado para perjudicar a las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>De acuerdo a la sentencia, Inca, en su rol subcomisario de la Divisi\u00f3n Sumarios y Brigadas de la Comuna 4\u00aa de la Polic\u00eda de la Ciudad, fue uno de los agentes que ayudaron a Isassi a \u201calterar las pruebas del delito orquestando un procedimiento policial fraudulento y manteniendo en consecuencia ileg\u00edtimamente privados de la libertad a Lucas Santiago Gonz\u00e1lez, Juli\u00e1n Alejandro Salas, Joaqu\u00edn Zu\u00f1iga G\u00f3mez y Niven Huanca Garnica\u201d.<\/p>\n<p>En ese sentido, el tribunal hab\u00eda marcado que fue quien, para garantizar el \u00e9xito de la maniobra, le orden\u00f3 a Isassi insertar el arma de juguete con inscripci\u00f3n \u201cThe Punisher\u201d en el auto de las v\u00edctimas.<\/p>\n<p>En el caso de Oz\u00e1n y Du Santos, el tribunal tuvo en cuenta las conversaciones que mantuvieron donde comentaron lo sucedido con los adolescentes. \u201cQue vaya y busquen lo tenga que buscar para justificar esto\u201d, dijo el primero de los nombrados en ese di\u00e1logo que retom\u00f3 Casaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n a Cuevas, que fue el polic\u00eda que durante el debate oral relat\u00f3 parte de la maniobra de encubrimiento, se describi\u00f3 su accionar y los aportes que realiz\u00f3. \u201cLa alteraci\u00f3n de la escena no sucedi\u00f3 apenas \u00e9l arrib\u00f3, sino despu\u00e9s de transcurrido cierto tiempo; quien ejecut\u00f3 esa maniobra no fue cualquier persona, sino una de las que contaba con un inter\u00e9s en falsear la realidad de lo acontecido; y el elemento que se coloc\u00f3 (un arma de juguete) ten\u00eda, por sus propias caracter\u00edsticas, la finalidad de generar una puesta en escena muy espec\u00edfica, esto es, una tendiente a crear una posible justificaci\u00f3n para el uso de armas de fuego por parte de los agentes de la brigada\u201d, explic\u00f3 la Sala 3.<\/p>\n<p>En ese cuadro, tal como lo plante\u00f3 el TOCC N\u00b025, se dio por acreditado que Cuevas conoc\u00eda que lo que hab\u00eda dicho Isassi al hablar de enfrentamiento con los damnificados \u201cno se correspond\u00eda con la realidad, sino que se trataba, en cambio, de la existencia de un homicidio, y el comienzo de ejecuci\u00f3n de otros tres, por parte de los agentes\u201d.<\/p>\n<p><strong>Las absoluciones<\/strong><\/p>\n<p>Con respecto al comisario Romero, Casaci\u00f3n consider\u00f3 que de la lectura de la sentencia no se comprende \u201ccu\u00e1l es la conducta del acusado que podr\u00eda ser subsumible en el concepto de \u2018ayudar al autor\u2019 a \u2018alterar las pruebas\u2019 del delito\u201d.<\/p>\n<p>\u201cNi siquiera una lectura esforzada de la totalidad de la sentencia permite advertir cu\u00e1les habr\u00edan sido las conductas del acusado que permitieron al tribunal oral arribar a su conclusi\u00f3n en lo que respecta a la tipicidad objetiva del delito de encubrimiento. En efecto, no se cuenta con una descripci\u00f3n de conductas que el imputado habr\u00eda desplegado en el lugar del hecho (a diferencia de lo que s\u00ed sucede con Inca y Cuevas), ni tampoco con expresiones que el imputado haya efectuado en alguna comunicaci\u00f3n telef\u00f3nica sobre cuya ambig\u00fcedad pueda discutirse (al contrario de lo que acontece con Oz\u00e1n y Du Santos)\u201d, marcaron los jueces de Casaci\u00f3n al momento en que decidieron la absoluci\u00f3n de Romero.<\/p>\n<p>En relaci\u00f3n al oficial Baid\u00f3n, si bien Casaci\u00f3n dej\u00f3 en claro que no existe controversia en el caso acerca de las graves torturas sufridas por Z\u00fa\u00f1iga G\u00f3mez, \u201cexiste un cuadro de duda no despejado adecuadamente por el tribunal oral que impide confirmar la sentencia condenatoria\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>As\u00ed lo determin\u00f3 la Sala 3 de la C\u00e1mara Nacional de Casaci\u00f3n Penal, que ratific\u00f3 que el oficial Juan Jos\u00e9 Nieva, el oficial mayor Fabi\u00e1n Andr\u00e9s L\u00f3pez y el inspector Gabriel Alejandro Isassi cometieron el homicidio con alevos\u00eda, por odio racial, abusando de su funci\u00f3n como integrantes de una fuerza de seguridad, por el concurso [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":6097,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[872],"class_list":["post-6096","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-notas","tag-victor-sacca"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6096","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=6096"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6096\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":6098,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/6096\/revisions\/6098"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/6097"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=6096"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=6096"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=6096"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}