{"id":4739,"date":"2025-01-10T20:24:07","date_gmt":"2025-01-10T23:24:07","guid":{"rendered":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=4739"},"modified":"2026-01-18T19:21:26","modified_gmt":"2026-01-18T22:21:26","slug":"fake-news-gate-el-mpf-continua-la-investigacion-en-torno-a-las-publicaciones-anonimas-realizadas-en-tik-tok","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=4739","title":{"rendered":"FAKE NEWS GATE: EL MPF CONTINUA LA INVESTIGACI\u00d3N EN TORNO A LAS PUBLICACIONES AN\u00d3NIMAS REALIZADAS EN TIK TOK"},"content":{"rendered":"<p><strong>La investigaci\u00f3n se inici\u00f3 a partir del anoticiamiento (notitia criminis) de que, a trav\u00e9s de ciertos perfiles p\u00fablicos an\u00f3nimos en canales abiertos de comunicaci\u00f3n (en particular TikTok), se estar\u00edan realizando publicaciones de videos cuyo contenido podr\u00eda eventualmente incurrir en un delito de acci\u00f3n p\u00fablica; videos con los que, sistem\u00e1ticamente, se pretend\u00eda instalar el convencimiento de una vinculaci\u00f3n entre el Gobierno de la Provincia y diferentes funcionarios con actividades relacionadas al narcotr\u00e1fico. Imagen: Gentileza Voces Criticas<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Tras la confesi\u00f3n de la ultra K y adepta al club del pa\u00f1uelo verde, <strong>Florencia Arias Bustamante<\/strong>, el asunto promete incendiarios episodios judiciales. En las \u00faltimas horas el Ministerio Publico Fiscal ha publicado un jugoso y entretenido informe del ritmo vertiginoso que ha tomado la investigaci\u00f3n. Lo que sigue es el parte publicado por la fiscal\u00eda de Ciberdelitos.<\/p>\n<p>En cumplimiento de las funciones propias que le corresponde al Ministerio P\u00fablico Fiscal (ejercicio de la acci\u00f3n penal p\u00fablica), y a fin de determinar la existencia o no de alguna conducta que pudiera encuadrar en un delito de acci\u00f3n p\u00fablica, se analizaron los videos publicados en aquellos perfiles an\u00f3nimos o con titularidades ficticias para determinar, en primer lugar, si se trataba de publicaciones amparadas por la libertad de expresi\u00f3n de alg\u00fan ciudadano (ya que se trata de un derecho fundamental y que hace al Estado de derecho).<\/p>\n<p>Superado este primer filtro, se determin\u00f3 que gran n\u00famero de las publicaciones analizadas podr\u00edan eventualmente dar lugar a acciones privadas y no p\u00fablicas, y por lo tanto encontrarse fuera del segmento habilitado para esta acci\u00f3n. Tan es as\u00ed que estos videos pueden dar lugar a acciones privadas a trav\u00e9s de querellas por calumnias e injurias por parte de los funcionarios, empresarios, personas f\u00edsicas en general, etc., eventualmente afectados por dichas publicaciones, quienes hicieran en alg\u00fan caso requerimientos diversos formulando peticiones a la fiscal\u00eda interviniente, y que deber\u00e1n articular eventualmente sus pretensiones por v\u00edas procesales diferentes.<\/p>\n<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-4741\" src=\"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2025\/01\/Florencia-Arias-Bustamante.jpg\" alt=\"\" width=\"391\" height=\"517\" \/><\/p>\n<p>No obstante lo anteriormente se\u00f1alado, cinco de los videos analizados habilitaron el inicio de esta investigaci\u00f3n, ya que, por su contenido, podr\u00edan eventualmente configurar el delito de Intimidaci\u00f3n P\u00fablica (art. 211 C.P.). Lo que la legislaci\u00f3n pretende sancionar con este tipo penal es cualquier ataque contra el ORDEN P\u00daBLICO y no contra personas particulares. Se considera al d\u00eda de hoy a las redes sociales como armas o instrumentos de alcance masivo que generan efectos reales en las personas, tanto para bien como para mal; construyendo desde el anonimato la adquisici\u00f3n de falsas creencias, desestabilizando la opini\u00f3n p\u00fablica, generando sentimientos de odio o rechazo. En definitiva, manipular la opini\u00f3n de la sociedad en base a informaci\u00f3n falsa para generar un da\u00f1o.<\/p>\n<p>En lo espec\u00edfico, se pudo precisar la existencia de por lo menos cinco videos que reconocen claramente una insistente trazabilidad com\u00fan que los uniforma homog\u00e9neamente, donde p\u00fablicamente refieren a las instituciones de la provincia como \u201cestado narco\u201d, vincul\u00e1ndolas con carteles de droga, con operativos de secuestro de drogas en ambulancias particulares ostensiblemente ajenas al sector p\u00fablico y de apariencia de pertenencia de privados, la situaci\u00f3n del intervenido municipio de Aguas Blancas, etc.; precisamente de modo simult\u00e1neo y en contraposici\u00f3n a los esfuerzos de todas las instituciones del Estado en procura de la protecci\u00f3n de la sociedad contra el impacto de estos nuevos fen\u00f3menos delictivos, y las acciones p\u00fablicas de combate al narcotr\u00e1fico y al crimen organizado en la provincia de Salta en diversos escenarios.<\/p>\n<p>El delito de intimidaci\u00f3n p\u00fablica busca castigar toda conducta que cause temor en la sociedad de manera tal que tenga la potencialidad de incidir en el normal desenvolvimiento de los poderes del Estado (provincial en este caso) y desestabilizar el orden democr\u00e1tico e inconstitucional, auspiciando intervenciones interruptivas de los gobiernos surgidos de la voluntad popular.<\/p>\n<p>Vincular de manera an\u00f3nima y con alcance masivo que un titular del Poder Ejecutivo es el jefe del narcotr\u00e1fico o tiene v\u00ednculo con carteles de droga, en una provincia como Salta (es de p\u00fablico conocimiento lo sucedido en los \u00faltimos meses en nuestra provincia al respecto), posee objetivamente entidad para causar temor en la ciudadan\u00eda respecto al rumbo del lugar donde viven, miedo y temor a que la Provincia de Salta se convierta en un territorio violento a merced de la criminalidad organizada.<\/p>\n<p>Sobre esa base, se inici\u00f3 la investigaci\u00f3n en la que, hasta ese momento, no hab\u00edan personas identificadas como sospechosas de haber cometido el delito, es decir, ser los titulares, administradores de las cuentas y\/o quienes creaban los videos publicados.<\/p>\n<p>La informaci\u00f3n con la que se cuenta ahora, fue obtenida merced a la colaboraci\u00f3n de las tareas de la Divisi\u00f3n de Ciberpatrullaje de la Polic\u00eda Federal, con elementos reunidos que dieron lugar a la imputaci\u00f3n de tres personas en la actualidad, y tambi\u00e9n surge de los informes remitidos (a solicitud de esta Fiscal\u00eda y con autorizaci\u00f3n judicial, en los casos que correspond\u00eda) por las empresas TikTok (titularidad de cuentas, mails asociados), Google (titularidad de emails y celulares asociados), empresas de telefon\u00eda celular (IP de conexi\u00f3n, geoposicionamiento), entre otros.<\/p>\n<p>Actualmente, la Fiscal\u00eda de Ciberdelitos se encuentra en una etapa primigenia propia de la Investigaci\u00f3n Penal Preparatoria, analizando la prueba aportada, a su vez, por los mismos imputados; y a la espera de los resultados de las pericias de los dispositivos celulares y de los datos que de all\u00ed surjan, de lo que podr\u00edan eventualmente derivarse nuevas imputaciones.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La investigaci\u00f3n se inici\u00f3 a partir del anoticiamiento (notitia criminis) de que, a trav\u00e9s de ciertos perfiles p\u00fablicos an\u00f3nimos en canales abiertos de comunicaci\u00f3n (en particular TikTok), se estar\u00edan realizando publicaciones de videos cuyo contenido podr\u00eda eventualmente incurrir en un delito de acci\u00f3n p\u00fablica; videos con los que, sistem\u00e1ticamente, se pretend\u00eda instalar el convencimiento de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":4740,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[826,825,872],"class_list":["post-4739","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-notas","tag-emiliano-estrada","tag-florencia-arias-bustamante","tag-victor-sacca"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4739","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=4739"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4739\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":4744,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/4739\/revisions\/4744"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/4740"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=4739"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=4739"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=4739"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}