{"id":3989,"date":"2024-11-01T19:07:34","date_gmt":"2024-11-01T22:07:34","guid":{"rendered":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=3989"},"modified":"2026-01-18T19:21:41","modified_gmt":"2026-01-18T22:21:41","slug":"diputados-aprobo-la-derogacion-de-las-paso-en-salta","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=3989","title":{"rendered":"DIPUTADOS APROB\u00d3 LA DEROGACI\u00d3N DE LAS PASO EN SALTA"},"content":{"rendered":"<p><strong>La C\u00e1mara de Diputados sancion\u00f3 en definitiva la Ley enviada por el Poder Ejecutivo Provincial a trav\u00e9s de la cual se deroga la Ley N\u00ba 7.697 de &#8220;Primarias Abiertas Simult\u00e1neas y Obligatorias&#8221; (P.A.S.O.), y sus modificatorias.<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, la Ley sancionada por ambas C\u00e1maras Legislativas establece como mecanismo en su reemplazo, un sistema de internas de los Partidos y Frentes Pol\u00edticos, de acuerdo con sus respectivas Cartas Org\u00e1nicas.<\/p>\n<p>A partir de esta derogaci\u00f3n, la convocatoria a elecciones generales la realizar\u00e1 el Poder Ejecutivo Provincial, con una antelaci\u00f3n no menor a 6 meses previos a la realizaci\u00f3n de los comicios, convocatoria que deber\u00e1 expresar la fecha de las elecciones, clase y n\u00famero de cargos que pueden nominar candidatos. N\u00famero de candidatos, titulares y suplentes, por los que puede votar el elector. Dicha convocatoria ser\u00e1 publicada en el Bolet\u00edn Oficial y deber\u00e1 tener adecuada difusi\u00f3n.<\/p>\n<p>Para el caso de los padrones provisorios, los mismos no ser\u00e1n impresos y su exhibici\u00f3n se realizar\u00e1 a trav\u00e9s de un sitio web de la Justicia Electoral, 80 d\u00edas antes de los comicios. Durante los 10 d\u00edas posteriores a ello, se podr\u00e1n realizar tachas o enmiendas de parte con inter\u00e9s leg\u00edtimo; resueltas las mismas, el Tribunal Electoral mediante resoluci\u00f3n lo elevar\u00e1 a definitivo. Los padrones definitivos ser\u00e1n impresos 30 d\u00edas antes de la fecha de los comicios, con los lugares de votaci\u00f3n y sus distintas mesas, conforme a la cantidad de electores que determine el Tribunal Electoral.<\/p>\n<p>En los procedimientos de emisi\u00f3n y escrutinio de votos se utilizar\u00e1n tecnolog\u00edas que procuren la seguridad y celeridad del proceso electoral. El Tribunal Electoral deber\u00e1 aprobar y controlar la aplicaci\u00f3n de las tecnolog\u00edas garantizando transparencia, el acceso a la informaci\u00f3n t\u00e9cnica por parte de las fuerzas pol\u00edticas intervinientes, estableciendo las caracter\u00edsticas t\u00e9cnicas y condiciones generales de funcionamiento a que deber\u00e1n ajustase todos los dispositivos y equipamientos necesarios para la votaci\u00f3n y el escrutinio.<\/p>\n<p>Cabe recordar que las elecciones PASO provincial del a\u00f1o 2021 y del 2023, fueron suspendidas mediante las Leyes N\u00ba 8.225 y N\u00ba 8.332, respectivamente, habiendo generado dicha medida una buena aceptaci\u00f3n por parte del electorado y de los diferentes actores pol\u00edticos que participaron en los distintos procesos electorales.<\/p>\n<p>Al respecto, los diputados Socorro Villamayor, Patricia Hucena, Luis Albeza, Germ\u00e1n Rall\u00e9, Edgar Dom\u00ednguez, Sebasti\u00e1n Otero, M\u00f3nica Ju\u00e1rez, y Gustavo Dantur, enfatizaron en que existe acuerdo mayoritario en la sociedad en la necesidad de reducir la complejidad y mejorar el actual sistema electoral vigente, lo que puede facilitar y fortalecer la participaci\u00f3n ciudadana.<\/p>\n<p>En tal sentido, se resalt\u00f3 que el proyecto enviado a la Legislatura fue elaborado en forma consensuada tomando en consideraci\u00f3n los aportes y la opini\u00f3n de los diferentes partidos pol\u00edticos, varios de los cuales ya hab\u00edan adelantado su posici\u00f3n respecto a la necesidad de modificar el procedimiento dispuesto en la norma mencionada.<\/p>\n<p>Sobre este punto, se indic\u00f3 que de acuerdo a la apreciaci\u00f3n de diversos sectores, las P.A.S.O generan una p\u00e9rdida de identidad partidaria, su desmembramiento y por ende favorece al surgimiento masivo de nuevos Partidos Pol\u00edticos y Frentes Electorales. En consecuencia, los legisladores se\u00f1alaron que los Partidos Pol\u00edticos coinciden en la necesidad de derogar la norma mencionada, y reemplazarla por un sistema de internas de acuerdo con sus respectivas Cartas Org\u00e1nicas.<\/p>\n<p>Asimismo, remarcaron que se observa que las P.A.S.O. incrementan innecesaria y considerablemente el gasto electoral financiado por el Estado, sometiendo adem\u00e1s al electorado a un extenso y agotador calendario electoral, cuando podr\u00eda generarse un considerable ahorro de recursos econ\u00f3micos y log\u00edsticos si se realizase una sola elecci\u00f3n provincial.<\/p>\n<p>Por otro lado, los diputados Juan Esteban Romero, Jos\u00e9 Gauff\u00edn y Sof\u00eda Sierra, si bien se expresaron a favor de la derogaci\u00f3n de las P.A.S.O, fundamentaron su discrepancia respecto a la forma de votaci\u00f3n, y en el caso de los \u00faltimos, precisaron su oposici\u00f3n al sistema propuesto para la elecci\u00f3n de candidatos.<\/p>\n<p>Por su parte, los diputados Roque Cornejo, Griselda Galleguillos, y Guillermo Durand Cornejo, fundamentaron sus diferencias respecto de la iniciativa debatida. En otro sentido, los diputados Jorge Restom, Isabel De Vita, Soledad Farf\u00e1n y Mirtha Miller, expresaron su oposici\u00f3n a la eliminaci\u00f3n de este mecanismo de elecci\u00f3n.<\/p>\n<p>El proyecto de Ley fue aprobado y girado al Poder Ejecutivo para su promulgaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara de Diputados sancion\u00f3 en definitiva la Ley enviada por el Poder Ejecutivo Provincial a trav\u00e9s de la cual se deroga la Ley N\u00ba 7.697 de &#8220;Primarias Abiertas Simult\u00e1neas y Obligatorias&#8221; (P.A.S.O.), y sus modificatorias.<\/p>\n","protected":false},"author":2,"featured_media":3990,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[6],"tags":[872],"class_list":["post-3989","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-notas","tag-victor-sacca"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3989","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=3989"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3989\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3991,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/3989\/revisions\/3991"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/3990"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=3989"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=3989"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=3989"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}