{"id":18152,"date":"2026-10-29T16:06:29","date_gmt":"2026-10-29T19:06:29","guid":{"rendered":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=18152"},"modified":"2026-10-29T16:06:29","modified_gmt":"2026-10-29T19:06:29","slug":"ocho-anos-de-prision-para-anibal-lotocki-en-la-causa-por-las-lesiones-graves-ocasionadas-a-silvina-luna-y-a-otras-tres-mujeres","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/?p=18152","title":{"rendered":"OCHO A\u00d1OS DE PRISI\u00d3N PARA AN\u00cdBAL LOTOCKI EN LA CAUSA POR LAS LESIONES GRAVES OCASIONADAS A SILVINA LUNA Y A OTRAS TRES MUJERES"},"content":{"rendered":"<p><strong>La Corte Suprema dej\u00f3 firme la condena. En su resoluci\u00f3n, el m\u00e1ximo tribunal declar\u00f3 inadmisible un recurso de queja presentado por la defensa del m\u00e9dico. En febrero de 2022, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N\u00b028 lo hab\u00eda considerable responsable de estafa y de haber ocasionado lesiones graves a la modelo y a las denunciantes Stefan\u00eda Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi. En septiembre de este a\u00f1o, y a pedido del MPF, se hab\u00eda ordenado su detenci\u00f3n en este proceso.<\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>La Corte Suprema de Justicia rechaz\u00f3 hoy el recurso que present\u00f3 la defensa de <strong>An\u00edbal Lotocki<\/strong> (56), condenado a ocho a\u00f1os de prisi\u00f3n por estafa y lesiones graves. De esa forma, qued\u00f3 firme la decisi\u00f3n que hab\u00eda dictado el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N\u00b029, en febrero de 2022, donde lo consider\u00f3 responsable de los da\u00f1os a la salud que sufrieron la modelo Silvina Luna y las denunciantes Stefan\u00eda Xipolitakis, Pamela Sosa y Gabriela Trenchi.<\/p>\n<p>En el juicio, intervino el fiscal general Sandro Abraldes, que hab\u00eda realizado en su alegato una descripci\u00f3n de las condiciones en las que trabajaba el m\u00e9dico: \u201cNo atend\u00eda las m\u00e1s m\u00ednimas reglas de la pr\u00e1ctica profesional: atend\u00eda en lugares sin habilitaci\u00f3n, con productos que no pod\u00eda usar e incluso quiso hacer responsable a sus pacientes por las consecuencias nocivas de su propio accionar delictivo\u201d<\/p>\n<p>En su resoluci\u00f3n, los jueces<strong> Horacio Rosatti<\/strong>, <strong>Carlos Rosenkrantz<\/strong> y <strong>Ricardo Lorenzetti<\/strong> consideraron que el recurso de queja de la defensa era inadmisible, por lo que desestimaron su presentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>En septiembre de este a\u00f1o, y a pedido del fiscal general, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N\u00b028 hab\u00eda ordenado la detenci\u00f3n del m\u00e9dico en el marco de este proceso. \u201cEn caso de recuperar su libertad y de caras a enfrentarse nuevamente a cumplir una pena de prisi\u00f3n efectiva de envergadura, An\u00edbal Rub\u00e9n Lotocki podr\u00eda evadirse del accionar de la justicia\u201d, sostuvo el juez Jorge Romeo en su resoluci\u00f3n.<\/p>\n<figure id=\"attachment_18154\" aria-describedby=\"caption-attachment-18154\" style=\"width: 1354px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"size-full wp-image-18154\" src=\"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/LOTOCKI-CONDENADO2.jpg\" alt=\"\" width=\"1354\" height=\"807\" srcset=\"https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/LOTOCKI-CONDENADO2.jpg 1354w, https:\/\/muycritico.com.ar\/web\/wp-content\/uploads\/2026\/10\/LOTOCKI-CONDENADO2-768x458.jpg 768w\" sizes=\"auto, (max-width: 1354px) 100vw, 1354px\" \/><figcaption id=\"caption-attachment-18154\" class=\"wp-caption-text\">Screenshot<\/figcaption><\/figure>\n<p><strong>La responsabilidad del m\u00e9dico<\/strong><\/p>\n<p>Lotocki hab\u00eda sido condenado a cuatro a\u00f1os de prisi\u00f3n el 9 febrero de 2022, aunque esa condena abarcaba \u00fanicamente las lesiones que sufrieron sus pacientes. \u201cTengo por acreditado que An\u00edbal Rub\u00e9n Lotocki, realiz\u00f3 intervenciones quir\u00fargicas a Silvina Luna, Stefan\u00eda Xipokitakis, Gabriela Trenchi y Pamela Sosa, coloc\u00e1ndoles en su cuerpo un producto de relleno del cual s\u00f3lo se sabe que conten\u00eda microesferas de Polimetilmetacrilato (PMMA), en zonas y cantidad no aconsejadas, produci\u00e9ndoles con ello lesiones, al generarles granulomas.<\/p>\n<p>El reproche penal consiste en tener por probado que, dolosamente, call\u00f3 u ocult\u00f3 intencionalmente lo que era su obligaci\u00f3n informar. No les advirti\u00f3 que en las intervenciones quir\u00fargicas que iba a efectuar con PMMA, se pod\u00edan generar granulomas y las consecuencias a\u00fan m\u00e1s lesivas que ello pod\u00eda traer aparejado para las cuatro pacientes\u201d, hab\u00eda indicado en los fundamentos de la sentencia el por entonces juez Carlos Rengel Mirat (actualmente jubilado).<\/p>\n<p>Contra ese fallo, el fiscal general Abraldes y las querellas presentaron recursos y, en noviembre de 2023 la Sala III de la C\u00e1mara de Casaci\u00f3n ampli\u00f3 la condena de 4 a 8 a\u00f1os porque consider\u00f3 que tambi\u00e9n hab\u00eda cometido el delito de estafa. Adem\u00e1s, aument\u00f3 de 5 a 10 a\u00f1os el tiempo de inhabilitaci\u00f3n para ejercer su profesi\u00f3n.<\/p>\n<p>En esa resoluci\u00f3n, Casaci\u00f3n record\u00f3 que Lotocki hab\u00eda incurrido, como profesional de la salud, en un \u201crelevante incumplimiento de los deberes propios de su rol de m\u00e9dico en su relaci\u00f3n con el paciente\u201d, por, entre otras cosas, aquella omisi\u00f3n de brindar informaci\u00f3n sobre los efectos de la sustancia en sus cuerpos.<\/p>\n<p>La Sala III mencion\u00f3 espec\u00edficamente el caso de Gabriela Trenchi, quien en la causa y tambi\u00e9n durante el juicio afirm\u00f3 que le hab\u00eda solicitado a Lotocki que no utilice en su cuerpo el PMMA. Por ese motivo, los jueces consideraron que hab\u00eda estafado a la mujer, debido a que hab\u00eda llevado adelante una operaci\u00f3n distinta a la planeada y por la que le hab\u00eda cobrado.<\/p>\n<p>Ante este fallo que ampli\u00f3 la condena y agrav\u00f3 la pena, la defensa que representa al m\u00e9dico decidi\u00f3 solicitar que otra sala del tribunal revise la decisi\u00f3n, lo que se conoce como \u201ccasaci\u00f3n horizontal\u201d. En su planteo, cuestion\u00f3 que se lo haya condenado por estafa luego de una absoluci\u00f3n y tambi\u00e9n se quej\u00f3 por el monto de la pena, al que consider\u00f3 &#8220;desproporcionado&#8221;.<\/p>\n<p>En abril de 2025, la Sala II de la C\u00e1mara Nacional de Casaci\u00f3n en lo Criminal y Correccional confirm\u00f3 la condena a ocho a\u00f1os. All\u00ed se rememor\u00f3 que, tal como dijo la fiscal\u00eda en el alegato y comparti\u00f3 oportunamente la Sala III, Lotocki hab\u00eda enga\u00f1ado a Trenchi con las condiciones en las cuales iba a desarrollar la cirug\u00eda est\u00e9tica, \u201cprovocando de esa manera que acceda al pago de la operaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLo que resalta es la falta de empat\u00eda y un s\u00f3lo ejemplo basta para graficar la cuesti\u00f3n: comunicado de los s\u00edntomas iniciales de Trenchi (presi\u00f3n baja, dolores intensos, p\u00e9rdida de sangre), Lotocki le dijo a la paciente y a su amiga que no exageraran, se burl\u00f3 de ambas pregunt\u00e1ndoles si sab\u00edan m\u00e1s que \u00e9l y no les dio importancia\u201d, se marc\u00f3 en la resoluci\u00f3n. Contra ese fallo, la defensa present\u00f3 un recurso de queja, que finalmente fue rechazado por la Corte Suprema.<\/p>\n<p>Esta es la cuarta vez que el m\u00e1ximo tribunal interviene en esta causa: las dos primeras veces estuvieron relacionadas a cuestiones previas al juicio y la tercera cuestionaba la primera condena, que el m\u00e1ximo tribunal rechaz\u00f3 por falta de sentencia definitiva.<\/p>\n<p><strong>El actual proceso<\/strong><\/p>\n<p>Lotocki es juzgado por el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N\u00b017 por el homicidio simple \u2014con dolo eventual\u2014 de un paciente tras una operaci\u00f3n est\u00e9tica, en abril de 2021, en una cl\u00ednica del barrio porte\u00f1o de Caballito.<\/p>\n<p>Seg\u00fan la investigaci\u00f3n, Christian Z\u00e1rate (50) fue la ma\u00f1ana del 15 de abril hasta el Centro M\u00e9dico Conde (CEMECO) ubicado en la calle Colpayo 20, para una intervenci\u00f3n programada, que consist\u00eda en la remoci\u00f3n de tejidos en distintas partes del cuerpo, tales como \u201ccuello, hombros, pectorales, brazos, axilas, cara anterior del abdomen, pelvis y regi\u00f3n lumbar y sacra\u201d. En concreto, se le realiz\u00f3 una dermolipectom\u00eda con la t\u00e9cnica TULUA y una liposucci\u00f3n.<\/p>\n<p>Tras la intervenci\u00f3n (y luego de que Lotocki saliera del quir\u00f3fano por 40 minutos), Z\u00e1rate fue llevado a una habitaci\u00f3n, donde lo asisti\u00f3 una enfermera que not\u00f3 algo inusual en su drenaje. Eso fue comunicado a Lotocki, quien dispuso que el paciente volviera a ingresar al quir\u00f3fano. En la ma\u00f1ana del viernes 16 de abril, tras pasar la noche dolorido y sin poder dormir, el paciente se descompens\u00f3 y fue intubado, al tiempo que personal de la cl\u00ednica se comunic\u00f3 con una empresa de emergencias, desde la que enviaron una ambulancia. Los m\u00e9dicos que arribaron en el veh\u00edculo advirtieron la complejidad del cuadro y convocaron a una segunda ambulancia. En ese momento, el paciente sufri\u00f3 un paro card\u00edaco y falleci\u00f3 luego de que intentaran reanimarlo.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, en ese proceso se juzgan los casos de dos mujeres que denunciaron al m\u00e9dico por lesiones grav\u00edsimas que habr\u00edan sufrido tras intervenirse quir\u00fargicamente con \u00e9l. Si bien originalmente hab\u00edan llegado a juicio cinco presentaciones, esta semana los jueces del tribunal declararon la prescripci\u00f3n de tres de los causas.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Corte Suprema dej\u00f3 firme la condena. En su resoluci\u00f3n, el m\u00e1ximo tribunal declar\u00f3 inadmisible un recurso de queja presentado por la defensa del m\u00e9dico. 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