Lo ordenó la Dra. Teresa Ovejero, en virtud de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la sentencia dictada el jueves pasado, y de acuerdo a lo estatuido por los artículos 19 y 20 de la Constitución de la Provincia de Salta, artículo 1, incs. c), e) y f), art. 2, art. 368, art. 530, art. 553 y art. 555 del Código Procesal Penal de Salta.
Lo resuelto fue decidido sin perjuicio de lo que la Corte de Justicia de Salta resuelva oportunamente en la causa 38233/16 “SANDOVAL, ANTONIO EDUARDO; VILTE LAXI, DANIEL OCTAVIO; LASI, GUSTAVO ORLANDO; VERA, SANTOS CLEMENTE; RAMOS, OMAR DARIO – RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD PENAL”.