DECLARAN CULPABLE A MARTÍN POMA OVEJERO POR ROBO DE UNA CAMIONETA

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El exconcejal llegaba a juicio acusado de falsificación de documentos, sustracción de una camioneta, daños, resistencia a la autoridad e incumplimiento de los deberes de asistencia familiar (un caso). Estos fueron algunos hechos por lo que se lo declaró penalmente responsable.

El juez Guillermo Pereyra dictó el fallo, mientras que este martes se darán a conocer las penas para cada uno de los imputados.

En la sentencia, se declaró a Julio Conte penalmente responsable como autor del delito de peculado; a César Eduardo Acosta como coautor de resistencia a la autoridad; y a Martín Miguel Poma Ovejero por una serie de delitos en carácter de partícipe necesario y autor, según cada hecho.

Además de los hechos por los que se declaró penalmente responsable a Poma Ovejero, fue absuelto por otro hecho de desobediencia judicial y delitos de estafa y falsificación de documento privado en concurso ideal.

Las causas

La primera causa se inició a partir de un siniestro vial ocurrido el 5 de enero de 2024, cuando Maldonado Blanque conducía una camioneta Volkswagen Amarok que había sido dejada por su propietario en un taller para realizar reparaciones y que el dueño del establecimiento le había prestado. Acosta viajaba con él.

Tras el choque, personal de Tránsito dispuso la retención del vehículo por falta de documentación. Durante el procedimiento intervino Poma Ovejero y se produjo un altercado con los inspectores. Acosta agredió a uno de ellos y, en esas circunstancias, Poma Ovejero se retiró con la camioneta. El vehículo fue finalmente trasladado a una dependencia policial y luego ingresado al Canchón Municipal. Al día siguiente, Poma Ovejero se presentó en la dependencia para entregar la llave del vehículo y, durante esa intervención, dañó el Libro de Guardia.

Días después, envió al Tribunal de Faltas documentación para solicitar la restitución de la Amarok. Entre lo presentado se encontraban un poder general para juicios adulterado y documentación identificatoria del vehículo falsa. El organismo advirtió inconsistencias y no autorizó la entrega.

El 18 de enero, Poma Ovejero obtuvo autorización para ingresar al Canchón únicamente para observar la camioneta. Conte se desempeñaba como retén y tenía a su cargo la custodia de los vehículos. Poma Ovejero obtuvo la llave y retiró la Amarok del predio sin autorización, mientras Conte se encontraba a cargo de su custodia.

La segunda causa, seguida únicamente contra Poma Ovejero, estuvo vinculada al incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y dos hechos de desobediencia judicial. El juez lo declaró penalmente responsable por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar y por uno de los hechos de desobediencia, y lo absolvió por el restante.

La tercera causa se originó a partir de una operación para la compra de un terreno en General Güemes. El comprador entregó $170.000 por el lote y una suma adicional en concepto de gastos. Poma Ovejero intervino en la operación. Por estos hechos fue absuelto de los delitos de estafa y falsificación de documento privado en concurso ideal.