A JUICIO POR HACER FIESTAS RUIDOSAS Y NO DEJAR DORMIR A NADIE

49

El sujeto es propietario de un inmueble ubicado en el barrio Vía Aurelia y es investigado por la realización frecuente de fiestas y eventos en un quincho que, según las denuncias, perturbaban el descanso de los vecinos. El lugar no contaba con habilitación comercial y UFICON solicitó, además, su clausura preventiva.

Evidentemente en Salta los ruidos se han vuelto parte del paisaje. Ocurre en la ciudad donde ninguna motocicleta respeta la ordenanza que prohíbe los escapes modificados, ocurre con las avionetas que perturban a los vecinos de zona norte y ahora aparece un sujeto que no deja dormir a sus vecinos en el barrio Vía Aurelia.

Ante esto, la Unidad Fiscal Contravencional (UFICON) requirió ante Juzgado de Garantías interviniente, la elevación a juicio de una causa seguida contra el propietario de un inmueble ubicado en el mencionado barrio por presuntas infracciones a los artículos 72, 124 inciso a) y 127 de la Ley 7135/01, vinculadas a contravenciones contra la tranquilidad y el orden público, la seguridad pública y los espectáculos públicos.

La intervención de la UFICON se inició a partir de denuncias de un vecino, quien manifestó que el propietario alquilaba el inmueble de manera frecuente para la realización de fiestas y eventos. Según relató, las reuniones se desarrollaban principalmente los viernes, sábados, domingos y feriados, aunque también se registraban durante días hábiles, y se extendían hasta altas horas de la madrugada.

El denunciante señaló que el inmueble cuenta con un quincho y una pileta y que la música a elevado volumen y los ruidos provenientes de las reuniones perturbaban de manera reiterada el descanso de los vecinos.

En el marco de la investigación se constató la existencia de publicaciones en el perfil de Facebook del propietario, en las que se promocionaba el alquiler del lugar como quincho con pileta para eventos.

Asimismo, se recibieron testimonios de vecinos que dieron cuenta de música a alto volumen y ruidos molestos tanto durante la noche como durante el día.

También se incorporó un informe que señala que el inmueble no cuenta con habilitación comercial para realizar dicha actividad.

Al considerar reunidos los elementos de convicción necesarios, se solicitó que la causa sea llevada a juicio.

Por último, en virtud de lo establecido por el artículo 159 del Código Contravencional, solicitó la clausura preventiva del inmueble, ubicado en Vía Aurelia, localidad de San Luis, debido a los reiterados eventos que generarían ruidos molestos y perturbarían el descanso de los vecinos, y a que la actividad se desarrollaría sin las habilitaciones correspondientes.