GENERÓ POLÉMICA LA DECISIÓN EN DIPUTADOS DE APROBAR LAS MODIFICICACIONES AL CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL

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La Cámara de Diputados sancionó el proyecto de Ley que establece modificaciones en el artículo 303 del Código Procesal Civil y Comercial – Ley Nº 5.233 y sus modificatorias. El proyecto de la Corte de Justicia, para que las presentaciones por inconstitucionalidad ante este Tribunal, requieran el pago de un monto superior a los 500 mil pesos, no cayó bien y generó malestar.

Durante la última sesión en Diputados se conoció una reforma que establece que, para interponer un recurso de queja ante la Corte de Justicia de Salta, de acuerdo con el procedimiento indicado en el artículo 274 y siguientes del CPCC de la Provincia, se deberá efectuar un depósito equivalente a doce (12) ius. Es decir medio millón de pesos.

Se estipulan, además, las excepciones para aquellos que ya estén exentos del pago de sellos o tasas judiciales, conforme a las disposiciones legales vigentes.

La modificación dispone que, si la queja fuese declarada admisible por la Corte, el depósito será devuelto al interesado. En caso contrario, se perderá, y la Corte dispondrá de las sumas recaudadas, las cuales deberán ser invertidas en bienes de capital y de consumo para el servicio de justicia. El depósito se realizará en la cuenta oficial del Poder Judicial, en el banco que opere como agente financiero de la Provincia.

Texto del nuevo artículo 303 (modificado):

Modifíquese el artículo 303 del Código Procesal Civil y Comercial – Ley 5.233 y modificatorias-, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 303. – Queja por recurso denegado. Si se denegare el recurso, la parte que se considere agraviada podrá recurrir directamente en queja ante la Corte, de acuerdo al procedimiento indicado en artículo 274 y siguientes.

Cuando se interponga queja ante la Corte de Justicia, por denegación del recurso, deberá depositarse a la orden de dicho Tribunal una suma equivalente a doce (12) ius. El depósito se hará en la cuenta oficial del Poder Judicial, en el banco que opere como agente financiero de la provincia de Salta.

No efectuarán este depósito quienes estén exentos de pagar sellado o tasa judicial, conforme a las disposiciones de las leyes respectivas.

Si se omitiere el depósito o se efectuare por una cantidad insuficiente se hará saber al recurrente que deberá integrarlo en el término de dos (2) días, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido. La providencia que así lo ordene se notificará personalmente o por cédula.

Si la queja fuese declarada admisible por la Corte, el depósito se devolverá al interesado. Caso contrario se perderá y la Corte dispondrá de las sumas que se recauden las que deberán ser invertidas en bienes de capital y de consumo para el servicio de justicia.”

El diputado Edgar Domínguez, miembro informante de la Comisión de Justicia, destacó la importancia de dotar de mayor eficiencia al sistema judicial, en particular respecto de un mecanismo clave para la revisión de decisiones judiciales. En este sentido, el legislador indicó que la propuesta busca contribuir a una administración más racional y efectiva de los recursos del sistema.

“El objetivo es que la Corte no esté cargada de planteos que, muchas veces, buscan dilatar el proceso de sentencia”, señaló el diputado.

Por otro lado, explicó que esta disposición salvaguarda el derecho de acceso a la justicia para los sectores más vulnerables o de escasos recursos de la sociedad, asegurando que la reforma no impida la vía de reclamo, ya que quedan exceptuados de efectuar este depósito.

El proyecto de Ley, de iniciativa de la Corte de Justicia de Salta, fue aprobado por la mayoría del Cuerpo, con cinco votos negativos. Pasó al Poder Ejecutivo.

La polémica

El proyecto abrió un fuerte debate que el oficialismo, a pesar de su mayoría agravada, no pudo refutar. Si bien el diputado Edgar Domínguez indicó que en caso que la Corte admita la queja, el monto es restituido, pero ello está sujeto a un criterio discrecional. “La finalidad es que la Corte de Justicia esté colapsada y sobrecargada por planteos numerosos, en muchos casos infundados”, dijo el legislador oficialista.

“Lo que trata la queja en sí, no es la cuestión de fondo, sino cuestiones formales, no es una labor intelectual exorbitante que le puede llevar mucho tiempo, se está legislando de espalda a la gente que está sedienta de justicia”, planteó el diputado Roque Cornejo.

Por su parte, el capitalino Guillermo Durand Cornejo, dijo que se trata de un proyecto que afecta directamente al ciudadano justiciable.

“Lo que faltaba, la justicia es definitivamente de quien pueda pagarla, hasta ahora fue el poder donde acudía el ciudadano afectado por el Ejecutivo, por ejemplo, pero ahora tiene un escollo, ahora para poder ir a la Justicia va a tener que pagar”, dijo Durand Cornejo y se quejó de que un ciudadano justiciable sólo podrá llegar hasta la cámara de apelaciones y no más, mientras que un poderoso, podrá llegar hasta el máximo tribunal provincial e incluso hasta la Corte Suprema.

Planteó además que el proyecto, ya convertido en ley, “es inconstitucional porque la igualdad ante la ley ya no está más garantizada, ahora si tiene plata puede llegar ante la justicia y si no la tiene, no. Es inadmisible”.

En tal sentido, indicó que la Corte de Justicia no aportó pruebas de su “carga de trabajo”, es decir las estadísticas de los expedientes, para considerar este proyecto.

Blindaje mutuo

Según el portal OPINORTE, en los últimos años, se advierte que el poder político (Ejecutivo y Legislativo con mayoría desproporcional), es presuroso para sostener los privilegios del poder Judicial (y del sistema judicial en general), éste último procede de igual modo.

En un punto hay un denominador común en los últimos seis años: la colaboración mutua en bloquear el acceso a la información pública y durante los últimos quince años, un caso testigo, como el del doble crimen de las francesas (ocurrido en 2011), ha sido la demostración de mutuo encubrimiento. Los pliegos para cubrir vacantes en ampliada Corte de Justicia, han contrariado la Constitución, a pesar de las objeciones.

En este último caso, un desatino definido como “anticonstitucional” en el debate de esta semana en Diputados, remitido como proyecto por la propia Corte, fue aprobado con diligente rapidez por el oficialismo.