Tras conocerse el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que rechazó el recurso de queja presentado por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y confirmó su condena a 6 años de prisión e inhabilitación especial perpetua en la causa “Vialidad”, la ex presidenta habló ante la multitud congregada en la sede porteña del Partido Justicialista.
El portal CHEQUEADO publicó un informe acerca del histórico fallo donde se centra en tres ejes fundamentales: 1- Las conclusiones del fallo de la Corte Suprema; 2- Los cuestionamientos a las pruebas del expediente y 3- La cosa juzgada, la imparcialidad de los jueces y la conspiración.
1- Las conclusiones del fallo de la Corte Suprema
La conclusión de los magistrados en la parte final del fallo es que “las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida” y “en el Código Penal sancionado por el Congreso, sin que se haya demostrado en modo alguno que la decisión apelada no constituya una derivación razonada del derecho”, y sin “se haya vulnerado alguna garantía constitucional”.
Y finaliza: “La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación”.
2- Los cuestionamientos a las pruebas del expediente
La defensa de la ex presidenta había denunciado la “violación del principio de congruencia” en lo que se llamó el “plan limpiar todo”, un operativo incorporado al expediente por el fiscal del juicio que consistía en pagar en 2015 la totalidad de los créditos adeudados a las empresas de Báez y borrar las evidencias de los delitos. Según la defensa, este hecho se incorporó a la causa sin que haya sido mencionado en la indagatoria, ni en el procesamiento ni en la elevación a juicio.
La Corte señaló que la Cámara de Casación ya había respondido ese cuestionamiento y que no se trató de un nuevo hecho o delito, sino que esas “circunstancias fueron empleadas para contextualizar los hechos por los cuales fue condenada” la ex presidenta.
La defensa también había cuestionado que se había vulnerado el derecho de defensa al restringir la posibilidad de producir pruebas de descargo. La Corte contestó que no se demostró la relevancia probatoria de lo rechazado; que se realizó un peritaje sobre 5 de las 51 obras investigadas, con la respectiva justificación de la selección, que demostró diversas irregularidades que no fueron cuestionadas por la defensa.
La defensa también cuestionó la “incorporación por lectura” de los “presuntos mensajes de texto extraídos de un teléfono celular atribuido a José López”. Según la Corte, no se probó perjuicio concreto, la defensa fue notificada y pudo acceder a la prueba con antelación y no se objetó ninguna irregularidad específica del procedimiento.
3- La cosa juzgada, la imparcialidad de los jueces y la conspiración
Otro de los cuestionamientos de la defensa es que se había violado el principio de “cosa juzgada”, ya que “la mayoría de las obras” ya habían sido investigadas por la Justicia de Santa Cruz, que “descartó su ilicitud”. Los jueces de la Corte señalaron que la ex presidenta no fue parte en ese proceso y, además, advirtieron que no se pudo probar la “identidad de objeto” entre la causa de Santa Cruz y el expediente actual.
Respecto de las críticas de la defensa a la falta de imparcialidad de los jueces y fiscales, la Corte señaló: “La defensa enuncia diversos hechos relativos a conexiones entre los jueces y fiscales o encuentros entre los jueces de la causa y ciertos funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional sin indicar ni una sola circunstancia concreta que permita inferir razonablemente que se ha comprometido la imparcialidad de los jueces en esta causa en concreto”.
La defensa refirió a este caso como un tema de “gravedad institucional”, entre otras cosas, por la falta de imparcialidad del sistema judicial. La Corte señaló que en el proceso intervinieron, entre jueces y fiscales, más de 20 funcionarios, “muchos de los cuales fueron designados durante la gestión” de Fernández de Kirchner. “La conspiración planteada requeriría la connivencia de una amalgama de sujetos de diverso origen y responsabilidad”, lo que califica como “inverosímil”.