En una resolución de fuerte contenido institucional, los supremos consideraron que la condena dictada por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) y ratificada por la Cámara de Casación se apoyó en “profusa prueba” y fue producto de un proceso respetuoso del debido proceso y las garantías constitucionales.
“El debido proceso ha sido salvaguardado y la recurrente ha obtenido una sentencia fundada en ley”, afirma el fallo. Además, destacaron que “las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente” y que la imposición de penas busca proteger el sistema democrático y republicano.
Rechazo a los planteos de la defensa
La defensa de Fernández de Kirchner había solicitado que se revocara la condena, al cuestionar la valoración de pruebas y plantear la supuesta falta de imparcialidad de los magistrados intervinientes. La Corte desestimó todos los puntos, al considerar que no se trataban de cuestiones de índole federal ni demostraban arbitrariedad, lo cual impide la intervención del tribunal supremo según la Ley 48.
Además, rechazó las acusaciones de parcialidad como “meras conjeturas” que no encuadraban en los motivos legales para recusar jueces. “No basta el dictado de un fallo adverso para probar temor de parcialidad”, sentenció la Corte.
Asociación ilícita: el otro eje del caso
Si bien la Fiscalía había pedido que también se condenara a Cristina Kirchner por asociación ilícita, la Corte también rechazó ese planteo, declarando inadmisible el recurso del Ministerio Público Fiscal en ese punto. En el juicio oral, la ex presidenta fue absuelta de ese delito por mayoría de los jueces del TOF 2, y esa decisión fue ratificada por la Cámara de Casación.
El fallo original y el impacto político
La sentencia original fue dictada en diciembre de 2022 por el TOF 2, compuesto por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso. El tribunal consideró probado que hubo una “extraordinaria maniobra fraudulenta” para beneficiar al empresario Lázaro Báez con contratos de obra pública vial en Santa Cruz. También ordenó el decomiso de más de u$s84.000 millones como parte del perjuicio ocasionado.
Entre las pruebas clave, los jueces valoraron los mensajes encontrados en el celular del ex secretario de Obras Públicas, José López —detenido en 2016 cuando intentaba esconder bolsos con millones de dólares en un convento—, que revelaban una maniobra para “cobrar todo” antes del fin del mandato de Cristina Kirchner.