Se trata de David Floriano García, quien llegó al debate oral y público acusado como autor del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor. Fue condenado por causar un siniestro vial con víctima fatal pero recibió una pena condicional. Otra burla del sistema de justicia.
El juez Guillermo Pereyra condenó a David Floriano García a la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, al cumplimiento de reglas de conducta e inhabilitación por 7 años para la conducción de vehículos con motor. Será registrado en el Banco de Datos Genéticos. La tragedia sucedió en 2021 sobre la ruta provincial 28, cuando el conductor de una camioneta embistió a una mujer que había descendido de una unidad de transporte, causando su muerte.
Por el Ministerio Publico intervino el fiscal penal 1 de la Unidad de Graves Atentados contra las Personas, Leandro Flores, ante la Sala VI del Tribunal de Juicio del distrito Centro.
Cabe recordar que David Floriano García llegó a la audiencia de debate contra, acusado como autor del delito de homicidio culposo por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor, calificado por conducir en exceso de velocidad de más de 30 kilómetros por encima de la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho en perjuicio de una mujer.
El hecho ocurrió durante la mañana del 11 de mayo de 2021, sobre ruta provincial 28, a la altura del kilómetro 9.5, cuando la víctima cruzaba la cinta asfáltica y el conductor, quien circulaba con sentido norte a sur, con destino hacia San Lorenzo, impactó a la mujer, provocando su muerte.
Se pudo determinar que el imputado circulaba a 110,12 km/h cuando la velocidad máxima permitida es de 60 km/h; y al notar la presencia de la peatona, accionó los frenos pero por la alta velocidad, no pudo detener el rodado e impactó contra el cuerpo de la mujer de 44 años, arrastrando su cuerpo.
La justicia sigue demostrando que no tiene la más mínima intención de dar condenas ejemplificadoras con estos fallos vergonzosos, porque claro que para ellos la vida de una mujer que se baja de un colectivo no vale más que 3 años de pena condicional y el ridículo de suspenderle la licencia por solo 7 años a un sujeto que mató mientras iba en exceso de velocidad pero que para el juez, que en su decisión va en consonancia con las leyes, no tuvo la intención de matar, pero lamentablemente sucede algo que se repite una y otra vez, el resultado muerte esta presente en estas situaciones de daño irreparable.