POR EL HOMICIDIO DE DAVID CORIMAYO, DICTARON LA PREVENTIVA PARA EL PRINCIPAL ACUSADO DE LA AGRESIÓN

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El hecho de violencia ocurrido a principios de mayo en Cachi, que resultó en la muerte del kinesiólogo fue tratado en una audiencia flexible y multipropósito. La jueza de Garantías 8 Claudia Puertas dictó la prisión preventiva para el principal imputado, un hombre de 25 años, acusado del delito de homicidio simple. En cuanto a los tres sujetos que habían sido detenidos como partícipes necesarios de ese delito, se ordenó su libertad con medidas sustitutivas a la detención.

Sucedió el 2 de mayo pasado cerca de las 9 de la noche en la localidad de Cachi. La víctima circulaba en un automóvil blanco por la calle Monseñor Tavella del Barrio Municipal, cuando fue interceptada por un vehículo negro. De este último se bajaron cuatro hombres, dos de 25 años, uno de 26 y el último de 34 años. Estas personas comenzaron a increpar verbalmente a la víctima, quien permaneció dentro de su vehículo.

Tras este primer altercado se retiraron del lugar, pero se inició una persecución vehicular que culminó en las inmediaciones de la plazoleta “Ara San Juan”. Allí, el automóvil de la víctima fue interceptado nuevamente. Los imputados descendieron, y uno de ellos lo agredió físicamente. Como resultado de la agresión, la víctima cayó contra un muro de piedra.

Cuando vieron que el kinesiólogo estaba herido en el suelo los agresores se retiraron del lugar.

Fueron los vecinos quienes asistieron a la víctima, que logró reincorporarse y conducir de manera errática por pocos metros hasta detener su marcha. Posteriormente, fue trasladado al hospital local y luego derivado al San Bernardo.

La víctima falleció tres días después. La autopsia determinó que el deceso se produjo a causa de un traumatismo encéfalo craneano grave.

Durante la audiencia se dictó la prisión preventiva para el imputado sindicado como autor del hecho, calificándolo como homicidio simple. En contraste, los restantes tres imputados fueron beneficiados con libertad bajo medidas sustitutivas.

La resolución judicial estableció una serie de puntos destacados. Se dispuso que el imputado que permanece detenido sea incorporado a un Programa de Intervención para Personas Privadas de Libertad, donde recibirá acompañamiento psicológico individual y grupal durante su detención, buscando promover su resocialización y evitar la reincidencia.

Asimismo, se ordenó al Servicio Penitenciario garantizarle acceso a atención médica integral, con especial énfasis en la evaluación de su estado psicoemocional.

Respecto a los imputados que recuperaron la libertad, se les impuso la obligación de someterse a un control periódico de conducta durante el plazo que dure la investigación. El seguimiento de estas condiciones quedó a cargo de la Fiscalía UGAP 2, pero además se les hizo saber que el incumplimiento de cualquiera de las medidas podrá derivar en la revocación de la libertad dispuesta y su conversión en prisión preventiva.

Finalmente, el tribunal recomendó que, en caso de existir antecedentes de hechos similares que involucren a los imputados, se proceda a su acumulación para que sean tratadas en conjunto.