¿SE CAE LA ACUSACIÓN EN EL CRIMEN DEL BARRIO EL TIPAL?

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La defensa del imputado realizó la presentación en tiempo y forma, se admitió la prueba y la medida preliminar se notificó a todas las partes. Así da cuenta la cedula publicada en la presente nota. Ante esto resta preguntarse: ¿Figueroa podría quedar en libertad?

Según la cedula se consigna fehacientemente la requisitoria la Fiscalía actuante y/o al querellante, “a la brevedad los datos de los inquilinos residentes en el domicilio del barrio El Tipal en el que se llevará a cabo la medida a los fines de la inmediata fijación de fecha y hora de su producción”.

¿Error no forzado de la fiscalía y la querella? Evidentemente parece haber ocurrido o al menos así lo demuestra la cedula que llegó a la redacción de MUY CRITICO y que se publica en la presente nota, ya que consigna claramente la fecha en 6 de mayo de 2025 y la notificación señala la presencia del licenciado Enrique Prueguer.

La cedula de notificación

Por la presente notifico a Usted que en autos caratulados: “Figueroa, José Eduardo por homicidio doblemente calificado por el vínculo – relación de pareja previa y por mediar violencia de género en perjuicio de Kvedaras Jimenez Mercedes JUI 185649/24 en esta Sala II del tribunal de juicio Distrito Centro, se dictó la siguiente providencia: Expte. Nº JUI 185649/24

Salta, 6 de mayo de 2025. Encontrándose en la sede del tribunal el licenciado Enrique Prueguer quien realizará la reconstrucción virtual oportunamente ordenada, lábrese acta a los fines de aclarar los alcances de su actividad profesional en el lugar del hecho.

Requiérase a la Fiscalía actuante y/o al querellante, a la brevedad los datos de los inquilinos residentes en el domicilio del barrio El Tipal en el que se llevará a cabo la medida a los fines de la inmediata fijación de fecha y hora de su producción.

Como se ordenara oportunamente en la audiencia multipropósito, habilítese la intervención en el momento de la realización de la prueba, al licenciado José Vicente Paz, cuyos datos obran en la presentación de fs. 1158.

Notifíquese a las partes Fdo. Dra. María Victoria Montoya Quiroga/ Dr. Ángel Amadeo Longarte/Dr. Bernardo Antonio Ruiz, Vocal de la Sala II del Tribunal de juicio Distrito Cetro.