ALBERTO FERNÁNDEZ A JUICIO POR VIOLENCIA DE GÉNERO

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La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento del expresidente por violencia de género hacia la ex primera dama Fabiola Yáñez, en una decisión que lo dejó en condiciones de ser enviado a juicio oral. Podría enfrentar penas que van de 3 hasta 18 años de prisión. El juez ultra “K”, Roberto Boico votó en disidencia.

Un hecho histórico y lamentable esta por ocurrir en la Argentina. Por primera vez un ex mandatario va a sentarse en el banquillo de los acusados frente a un tribunal colegiado para explicar su violento comportamiento mientras estuvo conviviendo con su pareja durante su mandato.

Indudablemente son pésimas noticias para un hombre que llegó al poder por la ventana y casi de casualidad, elegido a dedo por su compañera de fórmula, nada más ni nada menos que la doblemente condenada, Cristina Fernández de Kirchner, el personaje más corrupto de la historia argentina.

La decisión fue de la sala II del Tribunal de Apelaciones, con los votos de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, y la disidencia de Roberto Boico. Cabe recordar que este juez defendió a Cristina en la causa del Pacto con Irán. También defendió a Amado Boudou y es abogado de Oscar Parrilli. Obvio que iba a votar en disidencia.

Roberto Boico, el juez “K” que votó en disidencia en el procesamiento de Alberto Fernández

De todos modos, Fernández quedó con procesamiento confirmado por “lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas”.

También se confirmó un embargo de 10.000.000 de pesos sobre los bienes del exmandatario y se desestimaron los planteos de nulidad promovidos por su defensa.

“Es probable que los delitos se hayan cometido del modo en que fueron descriptos por las partes acusadoras”, afirmó el juez Martín Irurzun en la resolución, de 82 carillas.

Los hechos “sucedieron en un ámbito muy especial (la Quinta Presidencial de Olivos), fuertemente custodiado por funcionarios federales bajo el mando de Fernández”, advirtió Irurzun.

“Se ha establecido que, forzada por la naturaleza de su relación, la víctima tuvo que practicar una suerte de reclusión en un espacio para huéspedes de la residencia. También que tenía un alto grado de aislamiento -fue auxiliada por familiares directos que declararon en la causa-. Valorar en su justa dimensión este contexto es fundamental”, concluyó al confirmar el procesamiento.

Yañez “era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario”, agrega la sentencia.

En un contexto así, “por imperio del sentido común más básico, es razonable presumir que, en ese momento, no guió a sus acciones otra finalidad que pedir algún modo de auxilio sobre una situación que, efectivamente, había pasado, estaba pasando y, evidentemente, seguiría pasando”, advirtió el juez.

La Cámara confirmó lo que había resuelto el juez federal Julián Ercolini, con intervención de la fiscalía de Ramiro González.

En disidencia, el camarista Boico votó en minoría por dictar la falta de mérito y pedir una profundización de la pesquisa.