LA FISCALÍA LE ENDILGA UNA INSÓLITA CALIFICACIÓN A UN CASO DE VIOLENCIA DE GENERO

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La acusación es homicidio en grado de tentativa, cuando claramente lo que sucedió fue exceso de la legítima defensa. El hecho sucedió en barrio Solidaridad cuando un sujeto atacó a su pareja, tras repetidos episodios de violencia de género. 

La cronología de los hechos según el defensor Roberto Reyes

El 17 de junio en el 2024, mi representada, a quien vamos a identificar por su nombre, Jessica, recibe permanentemente un llamado telefónico de su ex pareja, a quien vamos a identificar como Rodrigo.

Rodrigo le pedía, incidentemente que la va a buscar, que la vaya a visitar a la casa. Estas llamadas empezaron desde el medio mediodía y se reiteraron todo el día hasta que Jessica acepta esta invitación, se podría decir. Va a la casa del señor Rodrigo a las 20 horas aproximadamente.

Es invitada por este señor a pasar. Hacen un brindis, toman unas cuantas de cerveza y la señora decide abandonar el lugar para ir a busca de su hija. En ese momento el señor le cierra la puerta diciéndole que de allí no va a salir sino “muerta”.

Pide auxilio a gritos, aparece el padre de Rodrigo preguntando qué pasó y le pide a Rodrigo que la deje salir. Rodrigo le contesta: “Vos te vas de acá porque a vos también te voy a (epítetos) matar”. Entonces el señor cierra la puerta dejándola sola a la chica con este tipo, quien toma un cuchillo, se abalanza contra ella con la intención de matarla y se produce un forcejeo.

Resulta que en el forcejeo y como resultado de que esta persona estaba alcoholizada y drogada, mi defendida logra direccionar el cuchillo hasta la humanidad de él, lesionándolo en el hombro. Le produce una sangría.

Ahí es cuando sale a buscar auxilio en el centro médico barrial y no lo consigue. Entonces toma al herido en el automóvil, trasladándolo al hospital San Bernardo para que le presten los auxilios correspondientes. Es entonces cuando en el mismo hospital Jesica queda presa por tentativa de homicidio agravado por la relación de pareja.

Todo hace notar de forma clara que ella luchó por su vida. Sin embargo queda detenida ese mismo momento simplemente por prestar a ayuda a este señor.

El 4 de julio la fiscalía le pide una prisión preventiva, manteniendo la acusación de tentativa de homicidio. Vamos a la audiencia multipropósito –esta defensa pidió la libertad– y el juez ordenó arresto domiciliario.

Con el arresto domiciliario Jesica se ve privada de llevar adelante su comercio, el cual está en el centro de la ciudad y con el que cubre los alimentos de su hija menor. Lógicamente no puede trabajar, tiene que estar con el arresto domiciliario y se produce la siguiente circunstancia: ella está segura de que en un juicio obviamente va a probar que actuó en legítima defensa.

Pero el drama es que los tiempos procesales hacen de que este juicio se va a prolongar, quizás hasta febrero o marzo al año que viene y ella va a continuar con arresto domiciliario. Ya prácticamente va a perder su medio de vida, así que se ve obligada por la circunstancia a aceptar la culpabilidad en un juicio abreviado.

Por supuesto ya no será tentativa de homicidio, será exceso en la legítima de defensa, pero culpabilidad al fin con una pena en suspenso de tres años.

Lo que vale la pena reflexionar en esto es que algo está mal, algo no está funcionando, porque los tiempos procesales, la prolongación que se da hasta un debate, hacen de que la persona que tiene todo el derecho demostrar su inocencia tiene que aceptar este “pseudo” acuerdo con el solo efecto de salir a trabajar.

Si bien el arresto domiciliario es una situación procesal menos gravosa, menos calamitosa y perder la libertad, no es tan así porque en definitiva sigue privada su libertad ambulatoria y en este caso privada su único medio de vida.