CUATRO AÑOS DE PRISIÓN PARA EL VIOLENTO QUE ATACÓ A SU EXPAREJA Y A UNA HIJA CON UN MACHETE

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La Sala IV del Tribunal de Impugnación hizo lugar parcialmente al recurso de casación de la querella y de la fiscalía Penal de Violencia de Género dejando sin efecto una pena de dos años y ocho meses de prisión efectiva impuesta a un hombre. En consecuencia el hombre deberá cumplir la pena de cuatro años de prisión efectiva como autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo, amenazas con armas (dos hechos) y desobediencia judicial (dos hechos) en concurso real.

En el juicio había quedado probado el contexto de violencia en el hogar. El hombre fue aumentando su agresividad contra su expareja y sus hijos menores denotando una marcada indiferencia por la libertad e integridad física de la víctima.

Los jueces Federico Armiñana Dohorman y Luciano Martini fijaron en el marco del tratamiento de los recursos una audiencia posibilitando a las partes realizar las alegaciones y con la presencia del acusado.

En la audiencia la Asesoría de Incapaces 1, en representación de la menor lesionada, destacó que no se trata de un hecho aislado, puesto que existen antecedentes que tramitan en un juzgado de violencia familiar y de Género, tratándose de una familia signada por la violencia.

Los jueces recordaron los antecedentes condenatorios del hombre al evaluar el monto de la pena a aplicar. Los antecedentes son por hechos similares y contra la misma persona.

Se infiere de esto que “no se trata de un hecho aislado sino de una situación que se mantiene en el tiempo demostrando una violencia `in crescendo’ contra la víctima y su grupo familiar, en donde pese a las medidas protectorias impuestas por el Juzgado de Violencia Familiar, el acusado persiste en su actitud violenta.”

Una de las características de la violencia familiar y de género está dada por la circunstancia que, a diferencia de lo que acontece en otros delitos, la víctima sufre reiterados comportamientos agresivos en una escalada caracterizada por su duración, multiplicidad y aumento de gravedad.

Por ello –dijeron- “no puede soslayarse la naturaleza de los hechos intimados enmarcados en un contexto de violencia familiar y de género, en tanto el causante, pese a encontrarse debidamente notificado de las medidas restrictivas dictadas por el fuero especifico a favor de la víctima, volvió a acercarse a su domicilio para amedrentarla y ejercer actos de violencia, para lo cual la amenazó con un arma blanca de gran porte en dos oportunidades, y en una de ellas, intento atacarla pero intervino su hija, quien en el intento de atajar a su padre recibe un impacto en el antebrazo con el machete, encontrándose debidamente constatadas las lesiones, sin llegar a consecuencias más gravosas gracias a la intervención de un tercero, quien logró quitarle el arma e impedir que continúe en su accionar violento.”

Consideraron que existen circunstancias que agravan la sanción por lo que estimaron adecuado imponerle la pena de cuatro años de prisión haciendo lugar parcialmente a los recursos de casación y dejando sin efecto la pena impuesta en la sentencia cuestionada.